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NECESITO UNA ASESORíA KARLA
- Consulta : 204143
- Autor : cpaez_NR
- Publicado : Jueves 25 de Julio de 2013 11:05 desde la IP: 201.159.133.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 25 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Estado de México
Hola
Buenos Días¡
Necesito una asesoria o saber que va ha pasar más adelante. El Domingo pasado a las 13:30 horas mi papá y yo nos disponiamos a salir de la casa, mi papá saco a mi perro que es un maltes chiquito con la correa, cuando un vecino que tiene 3 perros de pelea estaba lavando su carro y tenía a uno de estos suelto sin bosal y no estaba amarrado. Cuando este perro vió al mio se le echo encima, mi papá lo alcanzo a levantar y espanto al perro como si le fuera a aventar una piedra, mi vecino al ver esto se enfado tanto que le ordenó al perro que atacara a mi papá y el también lo golpeó, yo trate de quitarle el perro a mi papá y de detener al vecino pero otro poco y también me golpea, el perro que es un pitbull mordio a mi perrito y las manos de mi papá. Después de unos instantes él se retiro. Yo lleve a mi papá a que le hicieran las curaciones un médico particular y llevé a mi mascota al veterinario. Después fui al municipio a levantar una queja encontra de mi vecino ante la Oficialía Calificadora y Conciliadora, le manadaron 2 citarorios y en ninguno se presento. Para el tercer y último citatorio ya no lo quiso recibir. Mi papá levanto un acta ante el Ministerio Publico por lesiones en primer grado y este viernes tiene que ir a leer su versión tres veces y para el sábado era el proximo citatorio y le voy a decir al juez que él ya no quiso aceptarlo. Mi dudad es que va a pasar más adelante. En los dos primeros citatorios yo sólo quería que el pagara las curaciones de mi perro y de mi papá así como un convenio de mutuo respeto por que él vive a dos casas de la mia y no quiero que piense que el nos puede agredir cauando algo no le paresca. Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 322138
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Julio de 2013 00:19 2013-07-26 00:19 desde IP: 187.170.49.124
Situaciones semejantes causan indignación. Al azuzar el propietario del animal a atacar, se considera delito. En el Artículo 301 del Código Penal Federal se estipula que "De las lesiones que a una persona cause algún animal bravío, será responsable el que con esa intención lo azuce, o lo suelte o haga esto último por descuido".
Además de exigirse comprobante de las vacunas antirrábicas del animal, (me refiero al perro) también existe responsabilidad civil de acuerdo al Código civil federal en los artículos 1929, 1930 y 1934:
Art. 1929. El dueño de un animal pagará el daño causado por éste, si no probare alguna de estas circunstancias:
I. Que lo guardaba y vigilaba con el cuidado necesario.
II. Que el animal fue provocado.
III. Que hubo imprudencia por parte del ofendido.
IV. Que el hecho resulte de caso fortuito o fuerza mayor.
Art. 1930. Si el animal que hubiere causado el daño fuere excitado por un tercero, la responsabilidad es de éste y no del dueño del animal.
Art. 1934. La acción para exigir la reparación de los daños causados en los términos del presente Capítulo, prescribe en dos años contados a partir del día en que se haya causado el daño.
Para que sea procedente la conducta delictiva responsable en materia penal, inmediatamente después del ataque debe acudirse ante el MP a levantar la denuncia. Se realice el dictamen médico y se agregue a la averiguación previa, además de todos los elementos probatorios, testigos, fotos, videos, etc. Para dar soporte y así se acredite la conducta delictiva girándose consecuentemente citatorios o aprehensión, (cuasi flagrancia) en su caso. O se solicite una orden de aprehensión. Cosa que en el caso no sucedió. Asesórese de abogado penalista para que trate de enderezar, de ser posible, la averiguación previa. O que al menos proceda en materia civil. Solicite copias simples de todo lo actuado para que quede como antecedente y le sirvan de defensa ante próximos ataques. Del animal, y del propietario, e inmediatamente llame a una patrulla.
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Autor
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AutorRespuesta No: 322155
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Julio de 2013 01:31 2013-07-26 01:31 desde IP: 189.180.148.196
SOOO BURRO EL QUE LE DA LA ASESORÍA, NO TIENE NADA QUE VER LA MATERIA PENAL FEDERAL NI CIVIL FEDERAL, ES MATERÍA MERAMENTE LOCAL, Y COINCIDO EN QUE USTED DEBERA INICIAR UNA QUERELLA POR EL DELITO DE LESIONES, LLEVE SU CONSTANCIA MEDICA A EFECTO DE QUE EL MEDICO LEGISTA LAS CALIFIQUE, SI EL SUJETO NO QUIERE RECIBIR LOS CITATORIOS POLICIA MINISTERIAL LO PRESENTARA A FUERZA! ENTONCES, USTED INCISTA Y NO QUITE EL DEDO DEL RENGLON, SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 322157
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Julio de 2013 09:06 2013-07-26 09:06 desde IP: 187.170.49.124
Deliberadamente se hizo orientación dudosa para que participaran otras opiniones. Estas dudas son las que hay que disipar a las comúnmente de pensiones y otras intrascendentes. Saludos.
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