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SOY MAYOR DE EDAD Y MI NOVIA QUIERE VIVIR CONMIGO PERO ES MENOR DE EDAD
- Consulta : 143470
- Autor : kn.espinosa_NR
- Publicado : Sábado 24 de Marzo de 2012 12:20 desde la IP: 189.245.86.72
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,087
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 24 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Estado de referencia: Estado de México (Tlalnepantla de Baz)
Hola:
La cuestion es la siguiente.
Mi novia y yo tenemos una relacion de noviazgo desde hace 4 años y 1 mes, la cuestion es que desde hace aproximadamente 1 año su mama la maltrata psicologicamente, a lo que mi novia ya no aguanta mas, esta sufriendo demasiado, porque tambien su mama la trata como si fuera la sirvienta de la casa al igual que su hermana.
El motivo concreto del tema es para saber si yo como mayor de edad y teniendo tanto tiempo a su lado puedo actuar claro de manera legal para poder llevarmela a vivir conmigo. Yo trabajo y tengo un percepcion mensual de $5,500. Mi novia esta estudiando la preparatoria y yo estudio por las noches la universidad mi carrera de Lic. en Administración.
Enserio me urge saber cual es la forma legal de poder llevarla a vivir conmigo, dado que yo ya no aguanto al igual que ella tampoco a su mama, y su manera de actuar hacia con ella.
Mi edad es de 21 años 2 meses (11 de diciembre de 1990) y la edad de mi novia es de 16 años 9 meses ( 15 de mayo de 1995).
Agradeceria su pronta respuesta.
Sin mas por el momento y agradeciendo de antemano el tiempo tomado para leer mi peticion y duda.
Kevin N. Espinosa Elivar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259395
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Marzo de 2012 13:04 2012-03-24 13:04 desde IP: 187.161.150.167
La única manera legal de poderla sacar e su casa sin que tengan problemas futuros, es pedir a los padres el consentimiento para casarse.
Reflexión y conste no es una critica, solo me llama la atención el dato: tienen 4 años de novios y ella tiene 16 años de edad, es decir empezaron su noviazgo cuando ella tenia 12 años! ¡Que precocidad!
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Autor
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AutorRespuesta No: 259416
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Marzo de 2012 14:24 2012-03-24 14:24 desde IP: 189.137.42.56
CONSULTANTEkn.espinosa_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Su caso resulta complicado en virtud de tratarse de una menor de edad, QUE POR LEY ESTÁ IMPEDIDA PARA TOMAR SUS PROPIAS DECISIONES, POR ESTAR SUJETA TODAVÍA A LA PATRIA POTESTAD DE SUS PADRES, QUIENES ADEMÁS SON SUS TUTORES OFICIOSOS, ESO QUIERE DECIR QUE SON SUS REPRESENTANTES LEGALES.
En el Distrito Federal, ya que por lo que leo usted escribe del Estado de Aguascalientes, se pueden levantar ante el C. Agente del Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, lo que se llaman ACTAS ESPECIALES, las cuales en cierto modo vinieron a sustituir las conocidas ACTAS DE BARANDILLA DE LOS JUZGADOS CÍVICOS.
En estas ACTAS ESPECIALES que se levantan ante el Ministerio Público, SE DENUNCIAN HECHOS Y EL DENUNCIANTE SE RESERVA SU DERECHO A REALIZAR EFECTIVAMENTE LA DENUNCIA O QUERELLA EN CONTRA DE QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES POR LA PROBABLE COMISIÓN DE LOS DELITOS QUE EN SU CASO DENUNCIE, el efecto práctico de estas ACTAS ESPECIALES es dejar constancia de los hechos que motivaron a la menor a salirse de su domicilio, como es VIOLENCIA FAMILIAR LO CUAL ES UNA CAUSA JUSTIFICADA PARA DEJARLO, entiende.
Así también en estas ACTAS ESPECIALES queda constancia y antecedente de los citados hechos de VIOLENCIA FAMILIAR, PARA QUE EL CASO DE QUE SUS PADRES INICIARAN ALGUNA ACCIÓN LEGAL EN CONTRA DE USTED AMIGO CONSULTANTE, TENGAN SU NOVIA Y USTED ELEMENTOS DE PRUEBA, COMO LO ES EN ESTE CASO UNA DOCUMENTAL PÚBLICA QUE SERÍA LA COPIA CERTIFICADA DE SU ACTA ESPECIAL, PARA ACREDITAR EN SU CASO COMO FUERON EN REALIDAD LOS HECHOS QUE EN ALGÚN MOMENTO DADO SEAN CONTROVERTIDOS POR ESTE ASUNTO; por lo que le recomiendo que se asesore de un abogado que sea experto en Materia Penal para que tenga garantizado el éxito de su asunto, esperando que esta información le sea de utilidad y que en breve resuelva su caso favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Cel: 55-3462-7069
E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com
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