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REFORMA PARA FACILITAR DIVORCIOS EN NUEVO LEON

  • Consulta : 219199
  • Autor : noyolochichilti_NR
  • Publicado : Martes 21 de Enero de 2014 13:54 desde la IP: 148.234.14.133
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
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  • Autor
    Consulta

  • noyolochichilti_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Me casé en el año de 1999, tenía 19 años. Me separé en el año 2001. Jamás me divorcié por presión familiar (conservadora con la firme idea de que "volveríamos"). Hay un hijo fruto de ese matrimonio.
    Motivo de la separación: violencia intrafamiliar y abuso de sustancias tóxicas por parte del conyugue.

    Hice de nuevo una familia en el año 2009, hay un hijo fruto de esa unión... el cual batallé horrores para registrar porque "aun sigo casada" y gracias a las estúpidas Leyes mi hijo por poco y se queda sin el tamiz neonatal, el cual, igualmente estúpidamente sólo se realiza a "bebes registrados".

    QUIERO SABER:

    Cómo rayos me divorcio sin tener que andar buscando al tipo que me hzo el primer hijo. Fui hace dos años a solicitar ayuda en una dependencia de gobierno en NL y me desalentaron tanto porque me dijeron que tengo que pagar unos edictos para mandar buscar al fulano, que los edictos cuestan entre 2,000 y 2,500 pesos y que además se tardan entre 6 y 8 meses...

    Yo se que el tipo con el que me casé vive en condiciones casi de indigencia y deambula entre los estados de Puebla y Veracruz. No sabemos nada de él.
     

    ¡¡¡ AYUDA POR FAVOR !!! ESTOY MUY DESESPERADA Y TRISTE ,
    ya quiero formalizar mi matrimonio con mi actual pareja, ya tenemos 4 años juntos, y un hijo de 2 años.
     

    Algunas personas me han comentado que tal vez con la Reforma al Código Civil de NL ahora sea más sencillo... quiero saber si es así. Porque además no puedo salir mucho de mi trabajo en horario laboral, y si voy de nuevo a esa dependencia de gobierno para que me divorcien tiene que ser a la segura... qué papelería necesito, y eso... No quiero pagar los edictos :'( ni quiero esperar 6 meses, quiero que ya desaparezca esa sombra de mi vida... NO QUIERO PENSIÓN NI QUIERO PELEAR NADA, SIMPLEMENTE QUIERO LEGALIZAR MI MATRIMONIO ACTUAL PARA HACER MI FAMILIA DE VERDAD.

     

     


     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 338061

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No existe ninguna reforma al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León para que, en los casos en que quien pretende demandar, desconozca el domicilio de la persona a quien va a demandar y no exista ninguna Institución o dependencia con su domicilio registrado, omita el emplazamiento a través de la publicación de edictos.

    Sin embargo, existen formas de llevar a cabo el emplazamiento sin que deban publiarse los edictos, todo es cuestión de la estrategia que lleve a cabo el abogado especialista en Derecho Familiar que contrate.

    Evidentemente, no es recomendabler que, en ese tipo de emplazamientos, acuda al Instituto de la Defensoría Pública de Nuevo León, que se ubica en la calle de Maamoros esquina con Galeana, ya que a los abogados de oficio, no les gusta batallar.

    Por otra parte, el trámite normal de juicio es de alrededor de 6 meses, dependiente de las cargas de trabajo que tenga el Juzgado de lo Familiar a quien corresponda conocer de la demanda.

    Para entablar la demanda requiere copias certificadas de las actas del REgistro Civil del matrimonio y del nacimiento del hijo procreado en el matrimonio, siendo también necesario que al menos dos personas, testifiquen que usted tiene más de 2 años separada de su esposo; a dichos testigos, previo a la audiencia de pruebas y alegatos, se les alecciona respecto a las preguntas al tenor del cual deberán ser examinados.



  • Autor
    Respuesta No: 338197

  • Perikilla
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     Pfff ! O sea, no me salvo de pagar abogado :(

    No quería pagar los edictos por tacaña :P pero veo que estoy en una situación nada favorecedora. Tendré que invertir mi prima vacacional en esto :'(

    ¡gracias!



  • Autor
    Respuesta No: 338201

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A ver...

    1.- SE DEBE SER UN POCO MS HUMILDE e investigar las razones por las que el congreso en su momento solicitó los requisitos que usted determina estupidamente se piden. 

    Porque batallo horrores en registrar a su bebe si aun persiste su matrimonio? ... la ley marca que los hijos de matrimonio (como el suyo aunque no viva y materialmente se haya separado de él... mientras subsita el matrimonio ES HIJO DE MATRIMONIO) no puede imponerse otro apellido mas que el del marido.  Esto se hizo por lo siguiente.- Una mujer al momento que da a luz tiene garantizada la maternidad porque el documento base para un registro es el certificado de nacimiento y ningun otro. No hay forma que en ningun registro civil del pais puedan poner un nombre diferente al que en ese documento se ostenta garantizando asi la maternidad.  Pero y el padre??? ... Hay mujeres que aun estando casadas pretenden registrar al menor con el apellido de otro que no es el marido (no es su caso porque en el de usted efectivamente el menor no es hijo de aquel) por venganza o por algun amorío con  otra persona. En consecuencia la ley da la PRESUNCION de que dicho menor debe considerarse como hijo del marido y el Registro Civil esta obligado a imponer el nombre de éste salvo que el marido haya llevado un juicio de desconocimiento de paternidad. 

    En consecuencia NO ES ESTUPIDO lo que la ley contempla... porque le da el beneficio a ambas partes a la madre por el solo hecho de haber dado a luz, al marido por el solo efecto del matrimonio y éste en caso que no sea su hijo (como el caso que nos presenta) podrá solicitar el desconocimiento de paternidad y hasta entonces el padre biologico puede reconocer al menor con sus apellidos.  Todo tiene una razon de ser...

    Aqui más bien HUBO DESCONOCIMIENTO por parte del Registro Civil asi como por parte de ustedes... esta presunción a la que aludo en supra lineas... opera bajo una unica y exclusiva clausula... SINE QUA NON... esto es si no se da ese elemento NO APLICA y es.... que la mujer viva con su marido.  En su caso... ya no vivía con el marido por lo que aunque un persiste el matrimonio..... el solo hecho de la NO CONVIVENCIA es suficiente para que el Registro Civil se abstenga a imponer el nombre del esposo so pena de sanciones administrativas. 

    Tampoco es Estupido como usted lo llama ... que el tamiz se aplique solo a niños registrados.... hoy dia Mexico tiene mas de 12 millones de personas en el sub registro, esto es que no cuentan con un acta de nacimiento. Los padres una vez que daban a luz se retiraban a sus comunidades y nunca mas regresaban a la ciudad (En caso de gente de campo y algunas de ciudad) y no registraban al menor. La forma en la que se presiono para abatir el sub registro y obligar a los padres a hacerlo fue esa... y gracias a ello, desde 2007 fecha que es universal el certificado de nacimiento y la politica del tamiz el sub registro ahora se encuentra solo en el 2% (por las personas que se alivian con partera) 

    Puede divorciarse??? SIIII debe pagar??? Por supuesto.... le comento... constitucionalmente hablando nadie puede ser privado de sus posieciones papeles o derechos sin antes haber sido oido y vencido en Juicio... es una garantia constitucional. Su esposo debe ser escuchado y analizará la version de su dicho... esto es que efectivamente llevan el tiempo que usted dice que lleva separada de él. Y ya él sabra si contesta o no la demanda pero DEBE SER NOTIFICADO de que se esta seguiendo un proceso en su contra para que acuda a defender sus derechos. 

    Imagine usted que si no fuere asi... yo fuere en este momento ante el Juez y le dijere que usted me pidio prestado hace un año 1 millon de pesos y no me lso ha pagado... y exigo me entrege su casa y su carro en pago por esa deuda.... y que el Juez dicte sentencia en la que me da posesion y me declara propietario de todo... y un buen dia llegue yo y la saque a la calle mostrandole que ya soy el nuevo dueño????  Noooo para eso en un juicio se debe escuchar AMBAS PARTES.

    Si la otra parte no esta porque se separaron o lo que fuere, la ley ordena se haga la publicacion de los edictos (Como podrá el Estado saber si su dicho de que NO ESTA EN LA CIUDAD es cierto? podría no serlo y solo ocultar o no decir el verdadero domicilio para que no se entere que esta solicitando divorciarse (esto es una suposición) entonces la ley prevee la publicación de edictos para que en teoria que él aun este en la ciudad pueda enterarse que esta abierto un juicio en su contra y comparezca a defender sus derechos. 

    Son costosos los edictos SIII pero es la unica forma... la otra es saber y notificar al esposo y si usted no conoce exactamente el domicilio actual de éste... no le quedará de otra mas que llevar a cabo la publicación de los edictos. Si le urge casarse... necesitará con urgencia el recurso para que cuanto antes mejor. Los edictos no tardan de 6 a 8 meses... las publicaciones se hacen 2 veces o 3 veces de manera consecutiva en el diario de mayor circulación y en el periodico oficial ... el Juicio si se lleva unos 6 meses por el tiempo que se debe esperar luego de la publicacion de edictos. Pero es mejor 6 meses que mantenerse casada toda una vida no?

    Pero vuelve un tanto indignante su ultimo parrafo... pregunta si las reformas le pueden beneficiar porque NO TIENE tiempo de ir a revisar y presentar papeles... Entonces??? Quiere o no divorciarse?? a quien le interesa el tramite? Cree usted que el vecino lo hará por usted o que el Estado le acercará hasta su escritorio laboral una ventanilla de tramite?  Al estado no le interesa es a Usted.. y ciertamente deberá buscar los tiempos para hacer el tramite SI LE INTERESARE divorciarse ... si no... pues no. 

    No quiere pagar los edictos ni quiere pagar nada pero quiere que el matrimonio desaparezca??? por favor... consigase una lampara de aladino y se lo pide a él... sin eso... DEBE PAGAR Y ESPERAR LOS TIEMPOS si quiere divorciarse... si no.. pues no. 



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