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DEMANDA DE ALIMENTOS GUARDA Y CUSTODIA PROVISIONAL O DEFINITIVA
- Consulta : 254774
- Autor : fidaderes
- Publicado : Viernes 30 de Enero de 2015 11:03 desde la IP: 201.116.60.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Enero de 2015
buenos dias Licenciados, quisiera saber si alguien puede ayudarme con mi duda:
1.- ¿en una demanda inicial de alimentos guarda y custodia es necesario solicitar GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA o basta con pedir se decrete el DEPOSITO JUDICIAL DEL MENOR XXX.?
2.- ¿es lo mismo solicitar la GUARDA Y CUSTODIA y solicitar laGUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA a favor de la parte actora?
esto devido a que tengo entendido que en una demanda civil por alimentos es necesario informar al juzgado donde se quedara el menor mientras dura el juicio para que se decreten como provisionales los alimentos, guarda y custodia, pero que pasa si dentro de las pretenciones no se solicita la guarda y custodia definitiva pero en la reconvencion la parte demandada si solicita la guarda y custodia definitiva y alimentos a favor del menor?
saludos y muchas gracias por la orientacion que nos brindan.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 373609
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 11:45 2015-01-30 11:45 desde IP: 201.116.60.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 373611
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 11:48 2015-01-30 11:48 desde IP: 189.190.25.133
estimado fidaderes
Usted tiene que hablar con la parte actora y que sea ella quien le haga saber que pretende reclamar en el juicio civil, ok
si es su interes pelear la guarda y custodia al padre de su hijo, quien instaure el juicio contra el, debera demandar perdida de guarda y custodia provisional y en su momento definitiva, ok
asi como tambien, pension alimenticia provisional y en su momento definitiva, ok
porque si la parte actora no demanda cualquiera de esas 2 prestaciones, el padre del menor, la puede contrademandar en el mismo juicio, ok
y en cuanto al deposito judicial este es una medida cautelar, por ejemplo, aqui en veracruz cuando la madre pide el deposito judicial de su hijo a favor de ella, el juez le da un termino de 10 dias para demandar perdida de guarda y custodia, ok
el deposito judicail no es una custodia definitiva, ok, no se confunda, ok
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Autor
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AutorRespuesta No: 373617
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 12:06 2015-01-30 12:06 desde IP: 201.116.60.5
muchas gracias amigo pasante, mi duda concreta es sobre una demanda de alimentos en el cual solamente se demandaron alimentos para el menor asi como guarda y custodia y deposito judicial (el cual se entiende que es provisional), pero en pretenciones nunca se solicitó la guarda y custodia definitiva a exepto en la reconvencion lo realiza la parte demandada.
mi duda es quien SI esta solicitando la GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA.
o
se sobre entiende que la parte actora pide alimentos, guarda y custodia definitiva
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Autor
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AutorRespuesta No: 373627
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 12:44 2015-01-30 12:44 desde IP: 189.190.25.133
estimado fidaderes
al abogado de la actora, el juez civil le tuvo que prevenir subsanara la oscuridad de la demanda inicial respecto a la guarda y custodia ok,
sino lo hizo, y la parte demandada reconvino guarda y custodia definitiva a mi entender el esta peleando la definitiva, ok
opciones que puede hacer el abogado de la actora, es ampliar la demanda si esta todavia en tiempo en la cual especifique que tambien demando la guarda y custodia definitiva y que el juez civil no le previno
o bien, interponer incidente de convivencias, ok,
que venga de atras el abogado de la actora y luche contra corriente, ok
recuerde fidaderes materia civil es estricto derecho,
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Autor
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AutorRespuesta No: 373632
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 13:11 2015-01-30 13:11 desde IP: 201.116.60.5
ok amigo muchisimas gracias, creo que le entendi, en pocas palabras la parte actora no a pedido la guarda y custodia definitiva ya que el juicio esta proximo a desahogo de la ultima pericial y sigue la sentencia, el unico que a mencionado dentro de sus pretenciones fue en reconvencion la guarda y custodia temporal y en su momento definitiva fue el demandado.
esto quiere decir que solamente una de las partes esta interesada en quedarse con el menor al finalizar el juicio y posterior a la sentencia.
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Autor
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AutorRespuesta No: 373633
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2015 13:17 2015-01-30 13:17 desde IP: 189.251.94.247
estimado fidaderes
esa es la perspectiva de un servidor, ok, aunque un servidor se encuentra en veracruz y usted no dice donde sucede eso, ok
pero puede intentar la ampliacion de la demanda, puesto que el juicio no se ha resuelto
o bien interponer incidente de convivencias y tambien esta a favor de la actora que en el juicio no hay sentencia, ok
o el ultimo recurso, haga valer verbalmente en la audiencia que la demanda de la actora era oscura y que el juez no previno y al no hacerlo la deja en completo estado de indefension solo busque el fundamento de la prevencion en la ley civil de su estado, ok
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