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ESCRITURAS

  • Consulta : 219957
  • Autor : ryuk_shinigami86_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Enero de 2014 01:09 desde la IP: 187.152.100.3
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • ryuk_shinigami86_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buen día abogads.

    Espero que en el foro haya una persona que pueda responder mi duda.

    En mi edificio muchas personas no tenemos escritura, sin embargo, no sabemos a quien dirigirnos o demandar, pues la inmobiliaria que nos vendió ya no existe. 

    ¿Qué sucede en este caso?

    Les agradezco su atención.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 338574

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Cuando se trata de un inmueble nuevo, por ejemplo de un departamento que forma parte de un edificio en condominio nuevo o que está en construcción, la inmobiliaria dueña de ese edificio debe tener, en primer lugar, una escritura de propiedad del terreno o de la casa en donde está construido el nuevo edificio, al igual que la escritura de constitución del régimen de condominio, algo así como la “escritura matriz” de donde van a surgir las escrituras de compraventa de los departamentos que integran ese edificio. No menciona el tiempo que tienen poseyendo los bienes. Probablemente la inmobiliaria no dejó de existir y se fusionó relegando sus derechos a otra.   

    Para poder dar curso a la escrituración deben acudir ante un abogado o notario público. Necesitan el título de propiedad del inmueble –que es el contrato de compraventa-, el cual debe estar a nombre de quien lo vendió. Igualmente se requieren las boletas de pagos del predial y del agua de los últimos cinco años, que deben estar al corriente. Ellos sabrán el trámite correcto a realizar.



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