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EMBARGO DE C&A
- Consulta : 205871
- Autor : elinica09_NR
- Publicado : Jueves 15 de Agosto de 2013 19:20 desde la IP: 187.233.183.197
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 15 de Agosto de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 323831
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Agosto de 2013 14:07 2013-08-16 14:07 desde IP: 187.166.76.107
Hasta que llegue un actuario judicial y se identifique plenamente y manifieste en que juzgado labora y se le deje un instructivo de notificación debidamente sellado y firmado por el, usted sabrá que esta demandado, por que persona y las prestaciones que le reclama..
Las llamadas telefónicas no son un medio idóneo para notificar acuerdos o llamamientos judiciales.
SALUDOS!
LIC. OSCAR SALAS
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