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¿PUEDE UNA PERSONA DEMANDARME PORQUE MI PERRO LOS ASUSTA?

  • Consulta : 178672
  • Autor : elizabeth-290_NR
  • Publicado : Sábado 01 de Diciembre de 2012 20:45 desde la IP: 189.242.100.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,104
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  • Autor
    Consulta

  • elizabeth-290_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Tenemos un perro, que es cruza, y anda por toda la casa. La vecina dice que nos demandará porque nuestro perro sale a la azotea y le ladra, ella tiene miedo que la muerda, pero mi perro nunca ha mordido a nadie y como le ladra, dice que la asusta y quiere que no lo saquemos a la azotea, pues teme que brinque a su propiedad. Hay algún delito que perseguir? No he encontrado ninguna ley que diga algo sobre animales domesticos, miemtras ella no se meta en mi propiedad, no creo que haya algún delito.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 293991

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    El hecho de que su perro “nunca haya mordido a nadie” no significa que no pueda hacerlo, los que tenemos perros como mascotas sabemos que estos son dóciles con sus dueños, pero eso obedece a somos “miembros de una misma camada” pero con los extraños, las reacciones de los animales son impredecibles.

    Si la vecina tiene miedo de que se brinque a su lado de la azotea y la ataque, seguramente es porque el muro divisorio o es endeble o muy bajo, mi recomendación es que refuerce el muro o valla que separa las azoteas, de tal manera que aun cuando ladre, no sea posible que traspase la división y pueda ocurrir una desgracia.

    Es muy importante tener siempre presente que nuestros derechos llegan hasta donde empiezan los de los demás. Su perro puede deambular por toda su casa y sus patios, pero no debe ser una amenaza potencial para sus vecinos.



  • Autor
    Respuesta No: 293997

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rogeliotentle:
    dorae:

    Es indebido y antiprofesional opinar desconociendo los hechos pero aventurando hipótesis, porque así las cosas...

    Todos los automovilistas andan en la calle y tengo temor de que me vayan a atropellar, ¿¡¿invoco la Ley de Cultura Cívica para que en lugar de guarniciones en las banquetas construyan bardas bien reforzadas para que ningún vehículo me pueda atropellar?!?...



  • Autor
    Respuesta No: 294003

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Lic. Primus Tribunos:

    Es indebido y antiprofesional opinar desconociendo los hechos pero aventurando hipótesis????? Señor mío, en esta consulta no hay hechos, todo el planteamiento completo es una hipótesis, observe usted:

    ..........ella tiene miedo que la muerda

    ..........nunca ha mordido a nadie

    ..........teme que brinque a su propiedad

    Así que mi estimado Lic. Primus Tribunos, no discutiré con usted sobre lo que es debido o profesional respecto a la opinión que puedo o no verter sobre situaciones que pueden solucionarse tomando medidas preventivas, en mi vida personal y profesional he aprendido que el prevenir evita que sucedan desagracias, el prevenir salva vidas, asertivamente creo que “es mejor prevenir que lamentar” la cultura de la prevención aun cuando es relativamente nueva, definitivamente es útil, soy de las que prefiero “tapar el pozo antes de que se ahogue el niño” porque no me gusta ser participe de “después de ahogado el niño, tapar el pozo”

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 294006

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rogeliotentle:

    Ustedd está citando un precepto jurídico que dice otra cosa, el artículo 25 de la Ley de justicia Cívica es el que impone sanciones a los dueños de animales, pero para casos muy diferentes a los de la presente consulta.

    Actualícese y deje de escribir estulticias.


    dorae:

    Usted está suponiendo que el muro divisorio es endeble o muy bajo, y de esta hipótesis surge la respuesta de usted, eso es lo indebido.

    Los únicos hechos son que la vecina tiene miedo y que este miedo o temor puede ser infundado o nó, pero esto último es imposible que lo sepamos porque falta información y, por lo tanto, lo mejor es abstenerse de opinar hasta que el consultante proporcione mayores datois.



  • Autor
    Respuesta No: 294025

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Naturalemnte que carece de elementos los argumentos de la vecina... USTED esta en su casa.... y sobre su propiedad puede libremente trancitar su perro. Si no quiere ser mordida que no se pase a su propiedad y listo.... solo procure garantizar que el perro no cruzará su azotea y se ira a la de ella.... fuera de ese elemento no prosperará absolutamente nada.

    Respondiendo a su pregunta.... puede demandarle? ... la respuesta es SIIIIIIIII yo tambien puedo demandarle a usted que me de un millon de pesos..... QUE PROSPERE LA DEMANDA es otro boleto.... y si la pregunta fuere ... prosperará una demanda contra mi porque mi perro ladra desde la azotea de SU PROPIA CASA la respuesta tajante y categorica es NO NO PROSPERA bajo ninguna circunstancia.... saludos



  • Autor
    Respuesta No: 294029

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    que es eso de ...la tranquilidad de las personas?

    es un marco de interpretación...

    del cual obvio es que no hay una sanción penal... tal vez... y esto solo por demostración... una multa administrativa...la qva a salir mas caro evadirla que pagarla...



  • Autor
    Respuesta No: 294031

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Con todo respeto rogelio.... agradezco su amable aporte del articulo 24 pero... la interpretación al numeral es subjetiva. Hacer ruido ... refiere a escandalizar con un estereo a alto volumen, quiza la utilizacion de medios abrasivos muy estridentes, pero el ladrido de un perro? .... por favorrrr...... eso ya es un exceso de interpretacion de la norma... a alguien le caerá gordo el canario de la vecina y bajo ese mismo articulo 24 ... argumentará que el ruido que hacen esos canarios afecta gravemente la tranquilidad y paz con la que se vive en el edificio.... NOOOO seamos serios..... ese articuloreitero refiere textualmente al uso de estereos  musica a muy alto volumen.... no a un perro.



  • Autor
    Respuesta No: 294033

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ahora bien... si se lee bien la pregunta... la vecina no se queja porque el perro ladre mucho.... se queja porque cuando sube a la azotea el perro le ladra y ella le tiene miedo. POrrr favooor.... osea que puedo demandar a mi vecina porque cada que se levanta tiene tubos en la cabeza y me asusta? ..... seamos serios.... NO PROCEDE una demanda asi



  • Autor
    Respuesta No: 294034

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    refiere pues a actos dolosos?...

    actos intencionados para molestar al vecino?

    creo que no fue esa la intención del endejo del legislador...sino prevenir del ruido... sin especificar que lo hiciera...o como se hiciera...

    consultante... quitate de problemas... mata al perro y comprate un cactus... y aguas con el aua que le pkngas... no vaya a ser que hagas mucho ruido y el vecino se ponga hulk.... saludos omar... saludos roger... te recuerdo que debes leer sobre el ser y el deber ser... saludos,...



  • Autor
    Respuesta No: 294042

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Actos dolosos????? .... Noooo el DOLO implica intención.... animus.....y no siempre se dan en el presupuesto tipico del delito... puede ser doloso o culposo .... pero.... reitero.... el telos de la norma es garantizar una tranquilidad social. El ladrido de un perro (Que insisto de eso no se queja la vecina sino porque la espanta), el canto de un pajaro, el rechinido de una puerta... entran en ese articulo 24 de la ley????  Por favor....  :)



  • Autor
    Respuesta No: 294048

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En sintesis señor consultante.... usted puede ver que se esta entrando cada vez mas profundo al campo de la subjetividad... al rato dirán que la caida de la hoja del arbol que tiene frente a su casa, molesta al vecino de enfente y le demandarán... y como la ley no hace distingos no tendría porque hacerlo yo. Lo cierto es que... con un minimo de sentido comun se dará cuenta que NO PROSPERARA una demanda porque su vecina se asusta porque el perro ladra... el perro esta en SU CASA y cuida su territorio... no podrá seguramente evitar ir ante las autoridades delegacionales a declarar sobre el hecho pero simple... asi solo señale que el perro esta en SU CASA y ladra cuando la vecina se acerca a la reja o al limite divisorio y tan tan... verá usted que de ahi no PASA .... y constatará mis palabras.  No caiga en juegos utopicos, .. como si en mexico las leyes fueren como en EU que demandan hasta porque me tropese frente a su casa ya que su banqueta esta poquito levantada. NOOOOO aqui eso no funciona... menos porque me espanto del perro, no vaya a ser que le demanden gastos psicologicos por el trauma de que el perro me ladre .... jajaja noooo no pasa nada... ya lo verá ... que vaya a demandarle.... usted en su momento respondera que el perro esta en su casa y jamas ataca a las personas solo que ella se asusta y vera que no pasa nada. Pero sobre todo no se desaga del perro... y mucho ojo con pedacitos de carne emvenenada que puede dejar la vecina por ahi... Saludos





  • Autor
    Respuesta No: 294069

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Jajajaja invitenme a UTOPILANDIA .... me gustaria demandar a mi vecina que es tan fea que cada que la veo me asusta. Pero Garovalo.... tambien los cactus pueden llegar a asustar a la señora de la azotea... haz visto las puas que estos tienen? ... que tal si un dia no se fija y se espina....???  El temor a ser espinado por esas plantas descomunales debe ser tremendo... Nooooo no ponga cactus



  • Autor
    Respuesta No: 294073

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eres un...cerdo...

    como crees que la señora creyendo que es es un falo... se va a dar de sentones en un cactus???

    la verdad... te pasas omar... te pasas...



  • Autor
    Respuesta No: 294142

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rogeliotentle:

    ¿¡¿Y qué pasó con elartículo 78 de la Ley de Justicia Cívica que usted citó en anterior respuesta?!?

    ¿¡¿No que conoceía bien esa Ley?!?

    Veo que rectificó porque apenas la leyó como consecuencia de que le reclamé que hizo citas erróneas, pero entonces quedamos en que inicialmente usted escribió estulticias.

    Foristas todos:

    Insisto en la validez del ejemplo que previa respuesta interpuse como muestra de la ironía que me caracteriza y en especial para la consulta presente:

    "Todos los automovilistas andan en la calle y tengo temor de que me vayan a atropellar, ¿¡¿invoco la Ley de Cultura Cívica para que en lugar de guarniciones en las banquetas construyan bardas bien reforzadas para que ningún vehículo me pueda atropellar?!?".



  • Autor
    Respuesta No: 294143

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM:

    ¡¿¡Cuáles son los datos estadísticos (confiables) de perros que saltan desde una azotea a la casa del vecino o a la calle con la intención de atacar a una persona?!?

    ¿¡¿De verdad los cánidos son tan tontos y tan faltos del instinto de supervivencia que brincan al suelo desde una azotea?!?

    ¿¡¿Cuáles son las alturas mínima y máxima de azoteas desde las que los perros han saltado al suelo?!?.





  • Autor
    Respuesta No: 294224

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    SOLICITEMOS UNA ESTADISTIA DE ESTE CASO....  la camara baja.... ya que como no estan haciendo nada... pùede ser que nos hagan caso y se aboquen a este asunto... tan especial e importante...

    saludos a alejandro  ...

    saludos a roger... .....



  • Autor
    Respuesta No: 294241

  • RobZ
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como criador de razas de perros te pudiera decir que tu perro(a) nunca va a morder a alguien fuera de su territorio (que es tu casa), lo que si deberías tomar en cuenta es que si tus bardas ó rejas son no muy altas,  consideres subirlas para evitar cualquier problema. Y no porque en el caso específico el perro se vaya a brincar a morder a la vecina pero puede pasar que si ella se llegara a brincar a pegarle, darle comida envenenada, tocar, etc. al perro en tu propia casa, entonces el perro lo tomará como una agresión directa y puede corretear a la vecina hasta el fin del mundo. (incluyendo su propia casa).

    En cuanto a las leyes es muy clara la pregunta, no se porque se ahogan en un vaso de agua:

    Lo pueden demadar porque la vecina tiene miedo?-> La respuesta es no!

    Y para aquellos que dice que mate al perro es una verdadera estupidez decir eso. Hay una ley que les de pena de muerte a los "mata-perros"??? (Sarcasmo)



  • Autor
    Respuesta No: 294262

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    RobZ:

    Si la vecinas o cualquier persona, sin permiso del dueño, se mete a la casa donde está el perro y el cánido le muerde, habrá un delito de allanamiento de morada y una legítima defensa...



  • Autor
    Respuesta No: 294290

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nada que... pena de muerte al perro ... y al dueño.... tambien....

    legitima defensa del perro... si no traia luces... ni direccionales ... ni nada ....



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