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DIVORCIO Y PENSION
- Consulta : 236522
- Autor : sicayak_NR
- Publicado : Domingo 20 de Julio de 2014 22:47 desde la IP: 189.254.36.178
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,238
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 20 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola buenas tardes
Actualmente estoy separado de mi esposa mas de 18 meses, y estamos casados desde el 2001, le he estado dando dinero por transferencia electronica, ya que tenemos dos hijos 7 y 9 años.
yo gano mensual apoximadamente 28800 mensuales ya sin impuestos y sin descuentos, tengo un prestamo de 4600 mensuales por lo que gano 24200 al mes.
cabe mencionar que tengo una casa con hipoteca la cual pago mensualmente 5300, y un terreno que ya esta escriturado, me case por bienes mancomunados.
actualmente pago la casa cada mes y le estoy dando a mi esposa 14000 mensuales mas el dinero de la hipoteca para que ella lo deposite, cada dos meses compro despensa para ellos de aproxiamdamente 5000 pesos a veces menos.
Mi esposa quiere que le de el 60% de mi salario con toda las prestaciones y ademas quiere el terreno y la casa, aparte tambien que la siga pagando yo el 100%.
Mi pregunta es que seria lo justo darle a ella?
ya que yo le pague su carrera profesional cuando estabamos casados, una especialidad, un diplomado y actualmente esta estudiando una licenciatura con un dinero nuestro que se quedo con ella 130,000.00 aprox. que era para mis hijos, del que ya creo no le queda nada.
Obvio yo siempre le di el dinero su mano y no tengo comprobantes solo desde mi separacionlas transferencias de banco.
ella trabaja en el imss desde hace 3 años y gana creo como 5000 mensuales ya que nunca me ha dicho su salario, pero esta esperando que la cambien a doctora para ganar 30000 al mes aproximadamente con prestaciones en este año.
Que me aconsejan hacer y que seria lo justo dar en el divorcio y pension?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 360469
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 22:48 2014-07-20 22:48 desde IP: 187.201.159.237
CONSULTANTE sicayak_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Los Códigos Civiles del Distrito Federal y del Estado de México, establecen la procedencia del divorcio sin causa, que procede si uno o ambos cónyuges manifiestan su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin la obligación de expresar el motivo del divorcio. De modo que la simple solicitud de divorcio firmada por uno o ambos cónyuges, es suficiente para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal y en el Estado de México, si ahí tiene o tuvo su domicilio conyugal, sin importar donde se haya casado.
Requisitos:
1. Que su domicilio conyugal sea o haya sido en el Distrito Federal o en el Estado de México, y que tengan al menos un año de casados.
2. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.
3. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.
4. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge a través del Juzgado, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.
5. Realizada la contrapropuesta de convenio por la parte demandada, el Juez fijará fecha y hora para una audiencia de conciliación que versará sobre los puntos controvertidos de ambas propuestas de convenio; si subsisten las controversias en los puntos de las propuestas de convenio presentadas por las partes, el Juez decretará el divorcio.
6. Sí no hubiera contrapropuesta de convenio de la parte demandada, el Juez decretará el divorcio sin más trámite.
7. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlos valer en vía incidental, únicamente respecto al contenido de las propuestas de convenio en las cuales no se hayan puesto de acuerdo.
Documentos necesarios:
1. Acta de matrimonio.
2. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).
3. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en sociedad conyugal (en su caso), avalúo de dichos inmuebles, sus capitulaciones matrimoniales, estos sólo en caso de que tengan bienes inmuebles comprados durante el matrimonio en sociedad conyugal (bienes mancomunados.)
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j o r g e . m o r a l e s a r r o b a m y c a b o g a d o s . c o m . m x (minúsculas y todo junto)
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