- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
¿CóMO ENCUENTRO UN DEUDOR?
- Consulta : 186295
- Autor : Dante2805
- Publicado : Lunes 11 de Febrero de 2013 15:01 desde la IP: 187.207.65.229
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
-
AutorConsulta
-
Publicado el Lunes 11 de Febrero de 2013
Buenas tardes... El motivo de la consulta es el siguiente.
Inicié un Juicio Ejecutivo Mercantil con la finalidad de cobrar un Pagaré, cuando fui al domicilio el deudor ya no vive ahí; ¿qué puedo hacer al respecto? Mi abogado solo inicia e inicia Acuerdos sin ningún resultado; también si algún abogado me ofrece soluciones reales, favor de dejar su número telefónico.
Gracias.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 302191
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:13 2013-02-11 15:13 desde IP: 201.103.36.156
CONSULTANTE Dante2805,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que para saber lo que nos refiere, PUEDE CONSULTAR EN LAS PÁGINAS DE INTERNET COMO DE BURÓ DE INVESTIGACIONES LEGALES (B.I.L.), LAS CUALES MANEJAN BANCOS DE DATOS DE PERSONAS FÌSICAS, Y ASÍ PODRÀ SABER LOS DOMICILIOS QUE TIENE O HA TENIDO SU DEUDOR, PARA ELLO DEBERÁ CONTRATAR DICHO SERVICIO, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302195
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:20 2013-02-11 15:20 desde IP: 200.77.173.223
Dante2805
Su abogado debe saber que en casos como el que usted plantea se debe solicitar al juez se sirva ordenar se giren oficios al IFE, IMSS, SAT, TELMEX, etc. se sirvan informar si en su archivo consta el domicilio del demandado.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302199
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:25 2013-02-11 15:25 desde IP: 187.207.65.229
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302203
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:28 2013-02-11 15:28 desde IP: 201.103.36.156
Si no lo puede localizar en ningun domicilio, TENDRÁ QUE NOTIFICARLE LA DEMANDA MERCANTIL POR MEDIO DE EDICTOS, saludos y suerte en su caso.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302205
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:32 2013-02-11 15:32 desde IP: 200.77.173.223
Dante2805
¿Ya buscaron antecedentes de propiedades de esta persona en el REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD? antes que demandar para saber si es viable entablar un juicio es necesario cerciorse que el suor del titulo de credito sea solvente.
En el ultimo de los casos seria el emplazamiento por medio de la publicacion de edictos en el periodico de mayor circulacion que para tal efecto señale el Juez.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302207
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:33 2013-02-11 15:33 desde IP: 200.77.173.223
"...s u s c r i p t o r del titulo de credito sea solvente..."
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302215
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 15:44 2013-02-11 15:44 desde IP: 187.207.65.229
Según parece ya se llevaron acabo las búsquedas en las dependencias antes mencionadas, lo que no entiendo bien es ¿a qué se refieren con notificación por medio de edictos?
Por otro lado, qué no sea solvente, y a reserva de que me puedan orientar creo que no lo deslinda de su responsabilidad de pagarme lo que en un momento me pidió prestado, ¿cierto?
Gracias a todos.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302282
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 20:18 2013-02-11 20:18 desde IP: 187.194.35.198
pedir al juez que gire oficios de busqueda a...
1.- Vocalía Ejecutiva Local del Instituto Federal Electoral (IFE).
2.- Dirección de Ingresos (Departamento de Control Vehicular) de Gobierno del Estado.
3.- Secretaría de Seguridad Ciudadana (Dirección de Tránsito y Transporte)
4.- Secretaria de Economía y Finanzas y Tesorería del Municipio de Querétaro.
5.- Secretaria de Economía y Finanzas y Tesorería del Municipio de Corregidora.
6.- Secretaria de Economía y Finanzas y Tesorería del Municipio de El Marqués.
7.- Secretaria de Seguridad Pública Municipal (Dirección de Tránsito Municipal).
8.- Comisión Estatal del Agua.
9.- Comisión Federal de Electricidad.
10.- Oficina Local de Recaudación de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y/o Servicio de Administración Tributaria y/o Departamento de Administración Local de Servicios al Contribuyente.
11.- Procuraduría General de Justicia del Estado.
12.- Secretaria del Ayuntamiento del Municipio de Querétaro.
13.- Secretaria del Ayuntamiento del Municipio de Corregidora.
14.- Secretaria del Ayuntamiento del Municipio de El Marqués.
15.- Director de Catastro del Estado.
16.- Director del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
17.- Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit).
18.- Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación en el Estado de Querétaro.-
19.- Instituto de Seguridad Social y Servicios de los Trabajadores del Estado (Issste).
20.- Director del Penal del Estado.
Señalando bajo protesta de decir verdad, que, del demandado, desconocemos EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, CLAVE UNICA DEL REGISTRO DE POBLACION, NUMERO DE FILIACION EN EL IMSS O EN EL ISSSTE, NUMERO DE FOLIO DE LA CREDENCIAL DE ELECTOR.
ASIMISMO, con todo respeto, solicito que los oficios que por su naturaleza así lo permita, sean ENVIADOS VIA ELECTRONICA, lo anterior a virtud del “CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN PARA LA CONSULTA DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR”, suscrito entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, el 05 de marzo de 2007, y ponga a disposición los que por su naturaleza jurídica, deban ser entregados en mano, ello con fundamento en el artículo 46, 48, 70, 71, 82, 134 fracción Iv y 287 del Código de Procedimientos Civiles Local. El fondo y el procedimiento están contemplados en el texto de los artículos del 1ro. al 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y en los artículos 1050, 1054, 1069, 1083, 1372, y del 1391 al 1414 del Código de Comercio reformado en vigor.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302322
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 22:13 2013-02-11 22:13 desde IP: 201.141.111.121
De nada le sirve localizar al deudor, si antes no localiza bienes del deudor.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302326
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 22:43 2013-02-11 22:43 desde IP: 189.242.42.2
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 302331
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 22:54 2013-02-11 22:54 desde IP: 187.201.134.60
Y QUE TE LLAME QUIÉN Y PARA QUÉ JOSE FLORES, SALUDOS CONSULTANTES.
-
Autor








