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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 161973
  • Autor : dy-ele4_NR
  • Publicado : Miércoles 25 de Julio de 2012 15:58 desde la IP: 189.199.213.27
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,103
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  • Autor
    Consulta

  • dy-ele4_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Hola soy madre soltera y el padre de mi hijo desde el momento que le dije que estaba embarazada queria que abortara lo cual no quise entonces el no trabaja , solo estudia pero queria saber si hay alguna manera de demandarlo para pension alimenticia ? ya que el se escuda en que no trabaja pero eso si tiene dinero para emborracharse e ir de fiesta el tiene 21 años yo 22 años y nuestro hijo 2 años. gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 277095

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola

    primero es importante saber si el menor se encuentra registrado por el padre..

    si el menor esta reconocido por el padre biologico, entonces puedes iniciar una demanda de pension alimenticia, debes de contratar un abogado para que te apoye.

    y tambien otra opcion es iniciar presentar querella por el delito de incumplimiento de obligaciones alimenticias

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 277112

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes.

    Por supuesto que puedes demandarle una pensión alimenticia para tu menor hijo, ya que es una obligacion que él tiene como padre, darle alimentos a tu hijo, no se si el trabaje o tenga forma de que se le comprueben ingresos, sin embargo existen diversas medios para que sepas si tiene ingresos o no y en base a eso el juez podra decretarle en principio una pension alimenticia provicional para que posteriormente se decrete la definitiva.

    Acercate a un especialista en materia familiar a efecto de que te explique cada etapa del juicio.

    ORTIZ RUBIO LEGAL ABOGADOS

    ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR

    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA, LIC. LIZETH RUIZ GARAY

    TEL 47513179

    w w w. ortizrubiolegal. com. mx



  • Autor
    Respuesta No: 277191

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si esta reconocido el hijo por su padre ante el registro civil... si puedes demandarle el pago d epensiòn....

    pero si no es asi...  tendras que demqadar el juicio de reconocimiento de paterniddad por medio de prueba de ADN, que debes pagar tu y que no es rembolsable...

    entonces... los alimentos comiensan a correr desde que el menor es registrado,,, sea por voluntad... sea por juicio....

    esto es serio... no una venganza... el tendra derechos sobre el menor... ya que es el padre y mientras no este registrado por el... el nada puede hacer .... registrado... tendras que concederle  lugar dia y horas para convivencia... esto ultimo... pague o no pague penaiòn... este  o no al corriente de la misma....tendras que pedir permiso para salir del pais o cambiarte de estado con el hijo... y si el no quiere... es NO...

    piensalo... como estas... es mejor...

    tu venganza y tui coraje... los debiste de pensar antes d etener la relaciòn y no ahora...



  • Autor
    Respuesta No: 277816

  • Leyla S.
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hasta donde yo sé, la insolvencia ya dejó de ser retexto para no pasar pensión, pues las reformas dicen que enn tal caso, los padres, o cualquier miembro de la familia del padre, pueden ser demandados por alimentos. Eso sí, cualquier disa por dinero, es encarnizada. Debes tener cuidado, que al menos hasta que termine el proceso, no tengas novio, ni te vean saliendo con nadie, ya que seria contraproducente. Y, por favor. No trabajes tu, porque tal vez trataria de demostrar que tú si eres solvente, y te demandaría a tí, y terminarias manteniéndolo, y en el peor de los casos, el pediría la custodia del hijo, aunque sólo sea para no darte pensión, o incluso, para que tú le des por el, y por el niño. Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 277825

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Nadie que no sea el padre del menor, puede ser demandado, con el pretexto de que el padre no da la obligaciòn alimentaria.

    No hay tal reforma ewn momento alguno.

    Trabaje o no, tiene la obligaciòn alimentaria y por la misma, puedes inicial acciòn penal y civil, siempre, primero la penal.

     

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    POR FAVOR, EN SUS CORREOS SEÑALEN EL NUMERO DE LA CONSULTA.

    Lic. Sandra Angeles.

    guerreraqro

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