Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ARRENDADOR

  • Consulta : 221863
  • Autor : estevasergio78_NR
  • Publicado : Lunes 17 de Febrero de 2014 10:08 desde la IP: 201.141.228.49
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • estevasergio78_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    estoy rentando desde hace ya 10 años en una propiedad que esta intestada y por lo que me dijeron en el registro de la propiedad no hay escrituras solo un contrato de compra venta pero resulta que un sobrino del que fuera el dueño me quiere sacar por que segun el tiene un papel donde le vendieron yo sigo pagando renta y agua y luz pero hasta ahora supe que deben predial y agua desde hace 11 años que puedo hacer les agradezco de antemano su ayuda gracias 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 340469

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si tiene vigente su contrato de arrendamiento, no pueden hacer nada hasta que este venza o lo demanden para rescindirlo y si insisten en sacarlo debera interponer una damanda en contra del incumplimiento del contrato por que aun no se vence...si no hay contrato puede ser desalojado previo a una orden de juez ....lo mejor es ir buscando otro lugar por que de igual manera un dia le sacan sus chivas a la calle y ni como reclamarles, ya que ellos pueden alegar que usted se salio, que usted esta esperando la mudanza, usted les dijo adios, etc, etc, osea a la brava y luego?...claro que hay tecnicismos, que demandelos, que no pueden, que esto, que el otro, pero mientras son peras o manzanas, caras vemos reacciones no sabemos!



  • Autor
    Respuesta No: 340481

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Y yo difiero de la asesoria brindada con anterioridad, pues en mexico muchas de las veces la gente renta y vende propiedades, a sabiendas que no goza de escrituras o del derecho que puede tener derivado de un titulo de propiedad, en este caso desde el primer momento se tuvo un acto de arrendamiento el cual carecia de los requisitos de valdiez, como era que fuera el titular. Ahora bien usted a su favor tiene la posibilidad de alegar una posible preescripcion adquisitiva, en un juicio, por otro lado si el sobrino es quien le demanda usted puede oponer una excepcion de falta de personalidad y de accion y derecho para hacerlo, pues, este debe mostrar que fuera el legitimo propietario, con escrituras, testamento, donacion o algun documento que le sirva a el para fundar sus pretensiones, analicelo con calma.

    LIC. ESTRADA.

    Email: despachoestrada arroba hottmail.

    Asesoria en linea cel. 55 43442775, 55 59437958 A traves de What sapp.

    radio nextel: 52 * 14 * 25471.

    Web: hhtp//amparistasmexicolu

     



  • Autor
    Respuesta No: 340594

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE estevasergio78_NR,

    Presente:

     

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=154812&forod=0">preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:

     

    Le diré Consultante que lo que debe hacer jurídicamente en su caso es acudir inmediatamente al Banco del Ahorro Nacional S.N.C., o a las oficinas que dicho banco tiene en el edificio de los Juzgados del Distrito Federal, y adquiera un billete de depósito por cada mes de renta que deba usted pagar, ya con el o los billetes, acuda a las oficinas de la Dirección de Consignaciones Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicadas en la calle de Sullivan número 133 esquina Jorge Negrete, y allí le proporcionarán unos formatos o "machotes" que debe llenar con los datos que le piden, pero en el espacio correspondiente al nombre de la arrendadora, escriba el nombre de ella y a continuación la leyenda "y/o quien mejor derecho acredite tener", si es espacio es insuficiente, lleve el formato a un escritorio público donde le harán el escrito copiando el formato e intercalando los datos requeridos, escrito que usted deberá presentar en las mismas oficinas de Consignaciones, y con ello usted quedará salvado de cualquier responsabilidad que le pudieran imp-u-tar, y al mismo tiempo se asegura de que ningún o ninguna falso administrador o falso heredero pueda quedarse indebida e ilegalmente con esos pagos, entiende; saludos.

    Por lo que le aconsejo que se  asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

     

    ATENTAMENTE

                  

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

                                                

    Oficina: (0155) 6637-5063

    Celular: (044) 55-3253-4941

                                                      

    WEB:  w w w . m o r a l e s y c i a . n e t (minúsculas y todo junto)

    E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a  a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión