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QUIERO RECUPERAR MI CASA
- Consulta : 105888
- Autor : inbursalarios_NR
- Publicado : Miércoles 16 de Marzo de 2011 16:29 desde la IP: 189.164.164.209
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 16 de Marzo de 2011
Estado de Referencia: Colima
Buenas tardes, en Julio del 2009, traspase mi casa de Infonavit, la cual llevava pagandola 9 años, poco mas, al realizar ni traspaso entregue la propiedad y el adquiriente, me pidio que todo estubiera pagado y al corriente, yo estaba atrazado como 10 meses y debia el agua y otras hipotecas y del precio, de por si bajo, me las desconto porque el las pago,para poder hacer el traspaso, sin embargo, he estado pensando, ya que actualmente estoy rentando, si legalmente, le puedo, solicitar la propiedad y cuando la termine de pagar o sea 20 años que restan, se la entrego. a final de cuentas todo sigue a mi nombre, ya que fue un traspaso privado, sin autorizacion del infonavit. Les agradecere, mucho su respuesta. GRACIAS.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259433
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Marzo de 2012 17:52 2012-03-24 17:52 desde IP: 189.137.42.56
CONSULTANTEinbursalarios_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Antes de que inicie usted alguna acción legal en contra de él comprador que nos refiere, TIENE USTED QUE REVISAR PERFECTAMENTE SU CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS, PARA VER SI EXISTE EN SU FAVOR ALGUNA CLÁUSULA RESCISORIA, y en qué términos está redactada, para poder saber si usted se encuentra en el supuesto previsto en el citado acuerdo de voluntades para que proceda en su caso la rescisión del contrato, y como consecuencia de ello, que la parte compradora le entregué a usted el citado bien inmueble.
Además recuerde usted que el comprador esta detentando actualmente una posesión originaria, es decir a título de dueño, ello con independencia de que el contrato no se le haya hecho saber al INFONAVIT, porque en todo caso ellos sería causa de que el INFONAVIT Invocando el contrato de crédito que tiene con usted, diera por vencido anticipadamente el plazo que le dio para el pago del crédito, y le reclame todo el adeudo que actualmente tiene a favor de la citada institución, por lo que le reitero, antes de iniciar cualquier acción de tipo legal es necesario saber si la Ley está o no de su parte, para que prospere su acción; por lo que le sugiero que se asesore de un abogado que sea experto en materia civil, para que de esta manera tenga garantizado el éxito de su asunto, esperando que el mismo lo resuelva favorablemente y que esta información le sea de utilidad.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Cel: 55-3462-7069
E-MAIL: ejorgeamf1968 arroba . com
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