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ENSEñAR EL PENE EN LA CALLE
- Consulta : 208282
- Autor : alberto_c20_NR
- Publicado : Viernes 13 de Septiembre de 2013 09:58 desde la IP: 189.254.113.222
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 13 de Septiembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325866
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Fecha de respuesta: Viernes 13 de Septiembre de 2013 19:32 2013-09-13 19:32 desde IP: 189.234.159.150
Abusos deshonestos y exhibicionismo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 325880
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Septiembre de 2013 02:35 2013-09-14 02:35 desde IP: 187.140.70.249
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Autor
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AutorRespuesta No: 336070
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Diciembre de 2013 15:11 2013-12-22 15:11 desde IP: 189.234.252.45
pero esperemos que la reforma diga.. la pena sera que le corten el pene... por lucirlo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 336073
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Diciembre de 2013 15:20 2013-12-22 15:20 desde IP: 187.201.144.193
Consultante en el Distrito Federal los actos que refiere son CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE ABUSO SEXUAL, a saber:
"ARTÍCULO 181 Bis. Al que realice cópula con persona de cualquier sexo menor de doce años, sele impondrá prisión de ocho a veinte años.Se sancionará con la misma pena antes señalada, al que introduzca en una persona menor dedoce años de edad por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte delcuerpo humano, distinto al pene, con fines sexuales.Al que sin el propósito de llegar a la cópula, ejecute un acto sexual, en una persona menor de doceaños o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquiercausa no pueda resistirlo o quien realice actos en los que muestre, exponga o exhiba sus órganosgenitales con fines lascivos, tanto en el ámbito público como privado, ejecute en ella un acto sexualo lo obligue a observarlo, se le impondrán de dos a siete años de prisión."Saludos y suerte en su caso.Por lo que le aconsejo jurídicamente que a la brevedad posible Usted Consultante se asesore legalmente de un abogado que sea experto en MATERIA PENAL Y AMPARO PENAL, de esta forma tendrá asegurado el éxito de su asunto, y si es el caso de que usted no cuenta con recursos económicos para pagar los honorarios de los servicios profesionales de un abogado particular, PUEDE USTED RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, esperando que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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