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ASESORIA
- Consulta : 238729
- Autor : malfredohg_NR
- Publicado : Jueves 14 de Agosto de 2014 10:10 desde la IP: 187.135.205.17
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,217
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 14 de Agosto de 2014
Estado de Referencia: Chiapas
MUY BUENOS DIAS ...
ME LLAMO MARIO ALFREDO Y SOY DE CHIAPAS MEXICO
POR ESTE MEDIO QUIERO HACERLE UNAS SERIES DE PREGUNTAS DE LAS CUALES SIENTO USTED TIENE MUCHO CONOCIMIENTO EN LA MATERIA .
LE PLATICO HACE 5 AÑOS TUVE UNA RELACION CON UNA DAMA DE LA CUAL NUNCA VIVI CON ELLA LA RELACION FUE PASAJERA POR DESIRLO ASI, AHORA APARECE CON UN NIÑO DE LA CUAL DICE ES MI HIJO YO TENGO ALGUNAS SERIES DE DUDAS Y PREGUNTAS CON MIGO MISMO POR EJEMPLO DEL POR QUE NO ME BUSCO ANTES Y POR QUE AHORA, ELLA DICE QUE ES MI MIJO PERO HASTA AHORA SOLO ES DE BOCA POR QUE NO HA PROCEDIDO LEGALMENTE ANTE ALGUNA LEY, ELLA ME MANDA MENSAJES DE INSULTOS QUE POR QUE NO LE CONTESTO QUE YO ME HAGA CARGO DE SU HIJO PERO YO YA ESTOY CASADO Y NO QUIERO PROBLEMAS MI PREGUNTA ES SI ELLA PUEDE OBLIGARME PENSION ALIMENTICIA Y SI ELLA METE UNA DEMANDA PARA HACERME LA PRUEBA DE PATERNIDAD O ADN PUEDEN OBLIGARME O CON NEGARLO NO PUEDEN EXIGIRME QUIERO QUE ME AYUDE A DECIRME QUE PROCEDERIA EN ESTE CASO. TENGA BUEN DIA Y GRACIAS POR SU ATENCION ESPERO UNA RESPUESTA PRONTA.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 362910
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Agosto de 2014 10:53 2014-08-14 10:53 desde IP: 189.251.53.97
estimado malfredohg
en caso que ella le demande el reconocimiento de paternidad y ofresca como medio de prueba la pericial en genetica, usted tiene derecho a dar contestacion a esa demanda oponiendo sus defensas como puede ser el desconocimiento de paternidad o la contradiccion de paternidad, segun sea el caso, ok
asimismo usted tambien en ese escrito de contestacion a la demanda, usted tambien puede ofrecer pruebas para defenderse y acreditar sus aseveraciones, ok
y de la misma manera, el abogado que contrate para tal fin, puede estudiar la posibilidad de contrademandar a esa señora que le atribuye que el niño es de usted,
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Autor
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AutorRespuesta No: 362932
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Agosto de 2014 12:09 2014-08-14 12:09 desde IP: 189.211.135.22
Con el debido respeto, todo lo que señala Pasante, es incorrecto.
Si la madre del menor le demanda a usted la paternidad, ella tendrá que ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética, pagando el costo de los peritos que la lleven a cabo; en dicho juicio contradictorio, usted también tendrá derecho a designar a un perito que se encargue de llevar a cabo la pericial en materia genética, pagando sus honorarios; si los resultados de los peritajes son contradictorios, el Juez a su vez designará a un tercero en discordia, y sus honorarios serán pagados al 50% entre usted y la madre del menor.
Si a través de los resultados de la prueba en genética, se demuestra que usted es el padre (no se ofrece ninguna otra prueba, ni aún para contradecir la paternidad), entonces el Juez en la sentencia declarará que usted es el padre biológico y ordenará al Registro Civil que haga las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento del menor.
Si usted se niega a hacerse la prueba, surge la presunción legal que efectivamente usted e el padre biológico, de forma tal que esa negativa será suficiente para que el Juez así lo establezca en la sentencia.
Será a partir de que quede plenamente demostrada su paternidad y que la sentencia que así lo determine cause ejecutoria, que la madre podrá reclamar alimentos para el niño; si resulta que usted no es el padre, no tiene entonces ninguna obligación para con el infante.
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