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APELACION DE SENTENCIA

  • Consulta : 96821
  • Autor : vdsaavedra_NR
  • Publicado : Miércoles 05 de Enero de 2011 20:24 desde la IP: 189.216.92.140
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,094
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  • Autor
    Consulta

  • vdsaavedra_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches, la consulta es la siguiente, el Juez determino que por sentencia de fecha 28 de diciembre de 2010, en contra de un familiar:

    1.- que era plenamente responsable del delito de robo agravado por lo que le impuso una pena de 3 años 3 meses de prision y multa de 5 mil pesos.

    2.- se le condeno al pago de la reparacion del daño

    3.- pago de una caucion de 15 mil pesos

    el MP apelo que sigue de esta situacion

    Atentamente

    David Jiménez

    Al agradecer la atención a la presente, y en espera de su amable respuesta, reciban un cordial saludo

     

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  • Autor
    Respuesta No: 203282

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada forista

    lo que sigue de la apelacion del m.p. es dar vista con los agravios expuestos en esa apelacion, al defensor voluntario para que se imponga de ellos hecho eso, se turna el toca penal al superior jerarquico del juez para que dicte sentencia definitiva, en la cual puede revocarse, modificarse o confirmarse la sentencia de primera instancia, ok,

    por lo que le sugiero que busque al defensor voluntario de su familiar para que se imponga de  tal apelacion, ok



  • Autor
    Respuesta No: 203391

  • destino verde
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    debe  de  conformarse con la sentencia y  adherirse  a la sentencia que el juez emitio,,   haciendo un    estudio  razonado  de los  conceptos  que  exgrimio el juez que le  faborecio  con dicha  sentencia........  ya  qu el el  m p. quiere  que le  den mas años y mas   multa    al sentenciado...la  caucion puede pagarla en   abonos  que discrecionalmente  fije  el juez.............. apele  ud. tambien  pero  conjuntamente con el juez..ojo..........LIC. DESTINO  VERDE



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