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COMISION DE ARBITRAJE PARA ABOGADOS

  • Consulta : 4279
  • Autor : jesusdc57
  • Publicado : Martes 03 de Febrero de 2009 19:57 desde la IP: 189.131.203.225
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 468
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  • Autor
    Consulta

  • jesusdc57
    USUARIO REGISTRADO

    EXISTE UNA COMISION DE ARBITRAJE (COMO LA DE MEDICOS) PARA DENUNCIAR A LOS ABOGADOS QUE EVIDENTEMENTE ESTAN SIENDO COMPLICES DE SU CLIENTE?

    DONDE UNO PUEDA DENUNCIARLOS Y SE LES INVESTIGE Y SE LES SANCIONE, O BIEN SE LES IMEN LAS RESPONSABILIDADES CORRESPONDIENTES, AL ENGAÑAR A SU CLIENTE Y POR NO HACERLE VER A SU CLIENTE QUE ALGUNOS PROCEDIMIENTOS NO SE DEBEN EFECTUAR, O QUE ESOS PROCEDIMIENTOS SE LE PUEDEN REVERTIR.

    PREGUNTO: A LOS ABOGADOS QUE PROCEDEN FALTOS DE ETICA PROFESIONAL NO SE LES SANCIONA?

    MI E-MAIL ES: "armandopf14">armandopf14

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 10695

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, en el Codigo de Procedimientos Civiles del DF existe la responsabilidad economica derivada del texto del articulo 112, creo que es bastante explicita...

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 10709

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    jesusdc57:

    La solución proporcionada por el forista victorlunacastro solamente es aplicable cuando el abogado actúa como mandatario (apoderado) judicial, que en el medio mexicano es lo menos usual.

    Pero existe un procedimiento de queja más antiguo que el apenas esbozado por el forista victorlunacastro, pues data de allá por el año de 1925 y está contenido en la Ley de Profesiones Reglamentaria del Artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para el Distrito Federal, concediendo facultades de arbitraje a los colegios de profesionistas.





  • Autor
    Respuesta No: 10725

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Jose Alberto:

    He leído de nueva cuenta la consulta, y entonces encuentro que, al parecer, ninguno de los abogados que respondimos interpretó correctamente el sentir del consultante.

    En efecto, el consultante primermente escribe "...DENUNCIAR A LOS ABOGADOS QUE EVIDENTEMENTE ESTAN SIENDO COMPLICES DE SU CLIENTE?..." fraseología que en modo alguno se puede atribuirt a un cliente insatisfecho, sino que, en todo caso, la experiencia nos hace ver que se trata de la queja de la contraparte dolida porque piensa que su contrario está cometiendo "chicanas" siendo asesorado por un abogado de tal manera que se podría pensar que cliente y abogado son cómplices de esas ilegalidades, solamente asítiene sentido esa primera frase del consultante.

    Pero la interpretación que ahora estoy dando a la consulta, continúa dentro de este contexto, pues el consultante sigue quejándose: "...SE LES IMEN LAS RESPONSABILIDADES CORRESPONDIENTES, AL ENGAÑAR A SU CLIENTE Y POR NO HACERLE VER A SU CLIENTE QUE ALGUNOS PROCEDIMIENTOS NO SE DEBEN EFECTUAR, O QUE ESOS PROCEDIMIENTOS SE LE PUEDEN REVERTIR", y donde dice "imen" el sistema borró algunas letras pues así está programado, pero debe ser "IM-p u t EN" , pero nunca aparece que el cliente se duela porque su propio abogado haya tenido las conductas por las que se queja, de tal manera que es de concluir que, como ya antes expresé, se trata de una parte de un juicio que está expresando sus molestias en relación con las conductas procesales de la parte contraria y del abogado de aquella.

    De conformidad con lo antes analizado, es de concluir manifestando al consultante que tiene a su alcance los recursos y medios de impugnación (revocación, apelación, etc...) que le concede el código de procedimientos aplicable al caso concreto, así como la posibilidad de interponer denuncias y querellas ante el agente del Ministerio Público, por los delitos que el consultante considere que se han cometido por su contrario y abogado de éste.



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