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DIVORCIO
- Consulta : 4130
- Autor : dany8011_NR
- Publicado : Lunes 02 de Febrero de 2009 00:09 desde la IP: 189.242.4.131
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 468
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Febrero de 2009
hola espero me puedan ayudar.
me case hace 8 años tengo una hija de 6 y una de 4, mi esposo y yo nos queremos divorciar y ya fuimos a ver a un abogado pero el nos dice que tenemos que garantizar la pension para las niñas ya sea por medio de que le descuenten pension a el, lo cual no podemos porque no trabaja en un lugar donde le puedan descontar por via nomina, o por un billete de deposito pero segun nos dijo es por la cantidad de un año lo cual no tenemos el dinero o por una fianza y no podemos porque no tenemos un bien, nosotros rentamos un departamento y mi esposo es taxista ( el taxi no es de el) alguno sabe como le podemos hacer para podernos divorciar sin tener que cumplir con alguna de las tres cosas que nos dijo el abogado, mi esposo es una persona responsable y se que no me dejaria de dar lo que pudiera. o es que no me voy a poder divorciar? orientenme por favor
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 10361
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 07:16 2009-02-02 07:16 desde IP: 189.174.101.93
Dice usted: "mi esposo y yo nos queremos divorciar" bueno que es lo que les recomiendo?? que uno demande al otro y este se allane, una vez allanado, se ratifican ambos escritos, es mas ràpido que el divorcio por mutuo,
se que le ayudarà esta informacion
estoy en Sinaloa en:
jdarrayales en el sitio mas comùn
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Autor
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AutorRespuesta No: 10395
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 12:15 2009-02-02 12:15 desde IP: 189.180.210.103
Hola, en el Distrito federal ha cambiado la legislacion, de modo que ahora existe el divorcio denominado incausal.. o divorcio express...
Para este procedimiento las partes "solicitan" el divorcio proponiendo un convenio, si lo ratifican ante el Juez y no contiene clausulas contrarias a la ley, se decreta el divorcio y asunto terminado.
Suerte, consulte a nuestro vecino Lic. SERVIJUR, sin duda les resolvera su problematica muy rapidamente.
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Autor
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AutorRespuesta No: 10956
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2009 18:20 2009-02-04 18:20 desde IP: 200.95.253.198
No tiene que consultar a nadie, solamente vaya con el de oficio y comentele lo mismo que dijo Domingo, el mismo de oficio se encargara de resolver ese asunto siempre y cuando uno demande al otro y el otro se allane a la demanda.
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Autor
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AutorRespuesta No: 11000
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2009 20:19 2009-02-04 20:19 desde IP: 189.162.96.73
ESTOY EN DESACUERDO CON LAS RECOMENDACIONES QUE ALGUNOS COLEGAS LE HAN HECHO, AL RECOMENDARLE QUE UN CONYUGE DEMANDE EL DIVORCIO Y ESTE ULTIMO SE ALLANE, DADO QUE EN EL ESTADO DE JALISCO, AL DECRETARSE EL DIVORCIO SE CONDENA AL CONYUGE CULPABLE A NO PODER CASARSE POR UN ESPACIO DE 2 AÑOS, LO QUE EN MI CONCEPTO SIN DUDA CAUSARIA UN PERJUICIO AL CONYUGE DEMANDADO.
AUNADO A LO ANTERIOR, EL TRAMITE DEL DIVORCIO NECESARIO TIENE COMO REQUICITO SE EFECTUA UNA REVICION DE OFICIO POR EL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, LO QUE RETARDA EL PROCEDIMIENTO.
EN CUANTO A SU DUDA, BASTA CON QUE EL CONVENIO QUE PRESENTEN EN SU SOLICITUD DE DIVORCIO VOLUNTARIO EXPRESE DEBIDAMENTE LA SUMA QUE POR CONCEPTO DE ALIMENTOS SE ENTREGARA Y LA FORMA DE ENTREGARLO PARA QUE EL MISMO SEA APROBADO.
ESPERO QUE MI RESPUESTA LE SEA UTIL.
ATTE: LIC. GUILLERMO FLORES.
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AutorRespuesta No: 11029
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Febrero de 2009 22:20 2009-02-04 22:20 desde IP: 189.177.182.132
Estoy de acuerdo con el Lic. Guillermo Flores. solo anexaria que no solamente en Jalisco es la condena para poderse casar en 2 años al culpable...eso es en toda la Republica. Saludos
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AutorRespuesta No: 11045
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Febrero de 2009 07:26 2009-02-05 07:26 desde IP: 189.174.101.93
Bueno, pienso que para que alguno de los cònyuges sea declarado culpable dependerìa de la causal que se invoque, pues en mi concepto, si la causal es por el divorcio por mas de dos años (que ya casi lo tiene en todas las codificaciones del pais), ahi no hay culpables, pero si invocas en tu demanda la de abandono de hogar, ahi sì, por eso hay que tener cuidado en la exposicion de las causales, pues como sabemos cada una tiene un presupuesto procesal y un manejo diferente, entre otras cuestiones relacionadas con los hijos, mejor vea a su abogado, seguramente èl con la informacìon que obtuvo aqui sabrà que recomendarle finalmente, los colegas y un servidor esperamos que esto le ayude
jdarrayalesarrobahot
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