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URGE RESPUESTA COMPLOT EMPRESA

  • Consulta : 3190
  • Autor : zoolander_NR
  • Publicado : Miércoles 21 de Enero de 2009 22:24 desde la IP: 201.143.20.6
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • zoolander_NR
    NO REGISTRADO

    Buenas tardes a todos los foristas. El presente es para solicitar una consulta que tengo duda.

    La empresa en la que laboro vendio sus activos y esta en proceso de entrega al comprador. Segun nos comunico la empresa nos van a liquidar de acuerdo a la ley. Existe la posibilidad de contratacion con la nueva empresa. Nos enteramos que quienes la anterior empresa no considere contratables los va a liquidar en la fecha de entrega. Los que si se van a recontratar se va a pasar a una empresa provisional que va a respetar la antiguedad y sueldo por un periodo de 1-3 meses en lo que dura la transicion. Si no se quiere entrar a esta empresa entonces se pierde la liquidacion y se considera por la empresa como renuncia voluntaria y se paga solo finiquito. Si despues de ese lapso la nueva empresa decide contratar con ellos, se liquida y se contrata con nuevas condiciones.

    Mis dudas son:

    Cuando la empresa liquida por venta total, no tiene que liquidar a todo el personal primero?

    Si se quiere pasar al personal a otra empresa, que obliga al trabajador  a aceptarlo,

    En caso de que el trabajador  no quiera contratarse con la nueva empresa lo tendria que liquidar la empresa anterior?

    Si la empresa desaparece en la fecha de entrega, quien garantiza la liquidacion despues de pasado el tiempo de su desaparicion legal?

    Gracias por atenderme y quedo a sus ordenes para cualquier duda o comentario.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 7771

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, tu caso es bastante comun desafortunadamente, y en general los trabajadores no se defienden y comunmente el sindicato esta de acuerdo con la empresa.

    Ahora bien, los datos que proporcionas son insuficientes ya que la venta de una empresa puede verificarse de muchos modos distintos, si no sabes que esta ocurriendo al detalle, debes demandar el asegurameinto de tus derechos laborales ante la Junta (dependiendo de la empresa corresponde la junta local o la federal), por lo que explicas parece que hacerlo pronto es muy importante y requieres de un Abogado Laboralista muy experimentado.

    Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 7809

  • zoolander
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias  Victor por tu respuesta, la empresa es trasnacional y con cerca de 100 tiendas en Mexico, al personal que van a liquidar son de confianza por las labores desempeñadas y que pertenecen a esa cartera de empleados. La compra por parte de la otra empresa se efectuo en diciembre pasado, de enero y febrero esta en proceso de auditoria y para marzo empiezan a liquidar conforme a los datos anteriores.

    Aunque se que requiero de los servicios de un abogado, solo necesito saber si el pasar de una empresa a otra  es obligatorio, ya que la obligacion de la que vende es liquidar al personal si vendio esa carteracon una razon social  y se pretende contratar  al mismo con otra razon social diferente aunque respete entre comillas "la antiguedad".

    Ademas si la anterior empresa desaparece, quien garantiza la liquidacion despues de pasado el tiempo de transicion, la nueva empresa? y en el inter, pueden pasar varios factores para no pagar la liquidacion y solo el finiquito?

    Gracias de nuevo y espero me aclares mas especificamente esta duda.



  • Autor
    Respuesta No: 7813

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Dijiste: "...al personal que van a liquidar son de confianza ...", Te informo que los empleados de confianza no tienen derecho a la "estabilidad en el empleo" si los liquidan conforme a la ley (eso dice la consulta): ......"Segun nos comunico la empresa nos van a liquidar de acuerdo a la ley"...... la empresa no les viola ningún derecho.

     

    No. Registro: 188,475

    Tesis aislada

    Materia(s): Laboral

    Novena Época

    Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

    Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

    XIV, Octubre de 2001

    Tesis: II.T.209 L

    Página: 1203

    TRABAJADOR DE CONFIANZA. EL DERECHO A LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO ES UN PRESUPUESTO DE LA ACCIÓN DE DESPIDO INJUSTIFICADO Y, POR ENDE, ES LEGAL SU ESTUDIO OFICIOSO.

    Cuando el tribunal, en observancia al principio jurisprudencial de que "el órgano jurisdiccional tiene la obligación de estudiar los presupuestos de la acción independientemente de las excepciones y defensas opuestas", considera motu proprio que el servidor público es trabajador de confianza y, por ende, carece del derecho a la estabilidad en el empleo, su proceder es legal, porque tal derecho es un presupuesto de la acción: despido injustificado; luego, el haber advertido la responsable que el actor es trabajador de confianza, es una cuestión que aquélla estaba obligada a señalar y conforme a ella resolver, mas no una excepción que necesariamente debía invocar la demandada para tomarse en cuenta.

    TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

    Amparo directo 224/2001. Rodolfo Mejorada Mena. 7 de junio de 2001. Mayoría de votos. Disidente: Fernando Narváez Barker. Ponente: Alejandro Sosa Ortiz. Secretario: Carlos Díaz Cruz.

    Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIII, marzo de 1994, página 366, tesis II.1o.82 L, de rubro: "EMPLEADOS DE CONFIANZA. LA RESPONSABLE DEBE EXAMINAR LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE LOS.".

    Nota: Por ejecutoria de fecha 18 de octubre de 2006, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 130/2006-SS en que participó el presente criteri

    o.

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 7820

  • zoolander
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias Calva Triste, en eso estoy de acuerdo, sin embargo mi  duda sigue siendo la misma:

    Si vende se LIQUIDA Y YA, no se hacen esos movimientos raros de " no te liquidamos pero te paso a otra empresa NUEVA PROVISIONAL por tiempo determinado y si te queremos te contratamos y ahora si, te liquidamos". Implicando los riesgos de ese tiempo principalmente a los que tienen 12 años laborando.



  • Autor
    Respuesta No: 7822

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, mira no puedo darte una respuesta muy pertinente porque no me das suficientes datos, pero dejame comentarte lo siguiente:

    • Aunque se que requiero de los servicios de un abogado, solo necesito saber si el pasar de una empresa a otra  es obligatorio, ya que la obligacion de la que vende es liquidar al personal si vendio esa carteracon una razon social  y se pretende contratar  al mismo con otra razon social diferente aunque respete entre comillas "la antiguedad".

    Esto puede derivarse de una parte de los acuerdos de la venta de la empresa, busca una copia del acuerdo de entendimiento de la venta, si se trata de una empresa internacional, posiblemente por su estatus en el lugar de residencia de la compradora, tengan que publicar este tipo de acuerdos.

    • Ademas si la anterior empresa desaparece, quien garantiza la liquidacion despues de pasado el tiempo de transicion, la nueva empresa? y en el inter, pueden pasar varios factores para no pagar la liquidacion y solo el finiquito?

    En cuanto al procedimiento de liquidacion, este es un proceso que debe realizar un LIQUIDADOR O UN SINDICO, es un procedimiento muy delicado y el liquidador o sindico,segun el caso (liquidador si es liquidacion de la sociedad y sindico en caso de que presenten un procedimiento de quiebra), pero debe tomarse en cuenta que los derechos de los trabajadores constituyen un credito preferente por lo tanto deben ser pagados en primer lugar, DE AHI QUE PROCEDA LA DEMANDA DE GARANTIA DE DERECHOS LABORALES.

    Espero haber contestado tus dudas, perdon por no abundar mas en el punto, pero no cuento con todos los elementos necesarios, aun asi checa este tip: En caso de que en tu empresa no te den la informacion necesaria, puedes obtener mucha informacion a partir de la empresa compradora.

    Saludos y mucha suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 8849

  • zoolander
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias por su respuesta. Algun profesional que nos comparta sus amplios cococimientos?  Gracias.



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