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BASES PARA FIJAR PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 3028
- Autor : karlita_edge_NR
- Publicado : Martes 20 de Enero de 2009 13:49 desde la IP: 189.216.66.42
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 20 de Enero de 2009
Hola, un saludo a todos y de antemano agradezco la atención prestada, mi duda surge de los siguientes acontencimientos: Tramite una pensión alimenticia a favor de la esposa, ellos se casaron en marzo de 2008, el la abandona en agosto dejándola embarazada, el ya vive con otra mujer de hecho tiene una hija con ella de seis meses, como lo comente tramite la pensión a favor de la esposa y fue aceptada en Cuatitlán Izcalli, Estado de México, pero el Juez fijo una pension provisional del 10%, lo cual me parece bastante bajo, como lo dije ella se encuentra embarazada y es riesgoso, no puede trabajar su bebe nace a finales de febrero y el no la quiso asegurar a pesar de que se encuentran casados, se nego a firmar el documento del seguro social, y ella ha tenido que acudir con medicos particulares, todos estos hechos fueron narrados en la demanda y adjuntamos los recibos medicos, mi duda es, cuales son los criterios que adopta un juez al momento de fijar la pensión provisional? tiene que ver el hecho de que llevan poco tiempo de casados?, esta chica no cuenta con medios para pagar un abogado, yo acabo de terminar la carrera de Derecho y la estoy apoyando obviamente no le cobro nada, considero que la demanda se encuentra bien narrada y fundada, pero quisiera saber si omiti algo o fue criterio del Juez.
Gracias por su atención. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 7418
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Enero de 2009 15:03 2009-01-20 15:03 desde IP: 201.144.5.38
ESTE COMENTARIO ES PARA "SERVIJUR":
DE SEGURO HAS DE SER UN ABOGADO DE ESOS QUE ANDAN COMO CUERVOS AFUERA DE LOS JUZGADOZ, UN CENTAVISTA DE LOPEOR, SI NO TIENES IDEA DE COMO CONTESTAR UNA PREGUNTA HECHA EN ESTE FORO, NO LO AGAS Y DEJA DE ESCRIBIR ESTUPIDECES.. QUE AQUI EL QUE SE VE QUE NO ESTUDIO NI TANTITO, ERES TU...
O TAL VEZ ERES ALGUN FRUSTADILLO QUE NO LE SALE NADA BIEN Y QUE NO SABE SACAR DE NINGUN APURO NI A TU PROPIA MASCOTA...
OJO SERVIJUR. TE PROYECTAS...
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Autor
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AutorRespuesta No: 7519
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Enero de 2009 07:51 2009-01-21 07:51 desde IP: 189.228.120.199
debes de promover por la via penal el incumplimiento de obligaciones alimentarias conforme al art.272 del codigo penal vigente en el edo de mex a ver si no cubre los gastos y demas y en lo familiar inicia el incidente de aumento de pension alimenticia y prueba porq lo necesita...ahhhh y para precionar un poco mas puedes denunciar el adulterio todavia es procedente en el edo de mex. averigua en la direccion del registro civil saca el acta de nacimiento de la hija y presiona
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Autor
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AutorRespuesta No: 7524
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Enero de 2009 08:19 2009-01-21 08:19 desde IP: 189.180.209.161
Hola, la Lic. Rosa Isela te esta dando una excelente solucion, solamente dejame agregar que puedes tramitar el servicio del Seguro unicamente con los datos de registro del esposo y el acta de matrimonio, ahi la tienen que atender no importando que el no haya firmado, si tienes problemas puedes acudir a Servicio Social en el mismo Seguro.
En cuanto a las reglas de fijacion de la pension alimenticia, te comento que el criterio jurisprudencial establece que los ingresos del deudor alimentista se dividiran entre todos sus acredores contandolo a él mismo dos veces, en este caso sería asi: El Esposo 1, La Esposa 2, La hija de seis meses 3, El Esposo otra vez = 4, entonces el ingreso del deudor alimentista se debe dividir entre 4, por ello le corresponderá a tu clienta el 25% de pension.
Ahora bien, en el caso concreto, puede ser que no este claro que la Señora se encuentra impedida para trabajar, pues si esto no esta suficientemente especificado o bien no hay pruebas suficientes, entonces eso lleva al Juez a la duda sobre si la conyuge puede trabajar o no, quiza aqui esta el problema, despues de revisar cuidadosamente tu demanda y tus pruebas intenta hablar con el Juez y exponle la situacion eso habitualmente funciona, pero hazlo antes de recoger el oficio con la pension actual para que puedan modificarlo en caso de que convenzas al Juez.
Saludos
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