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PAGO DE FACTURAS
- Consulta : 282609
- Autor : snake1901
- Publicado : Lunes 22 de Mayo de 2017 14:44 desde la IP: 187.169.237.221
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 22 de Mayo de 2017
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 394319
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Mayo de 2017 18:56 2017-05-22 18:56 desde IP: 189.216.107.70
Usted puede querellarse ya que el abogado es el MP. Sin embargo, primero debe demandar medios preparatorios a juicio ejecutivo mercantil, y para ello sí necesita abogado especialista, no coyote, y menos si publican por este medio datos de contacto como celuleres o correos electrónicos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 394371
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Mayo de 2017 15:43 2017-05-25 15:43 desde IP: 189.141.8.51
no dices si esas prestaciones de servicio profesional estan amparadas por un contrato... si cumplieron con todo lo pactado... si el adeudo es total o parcial... si el contrato... si existe.... dice donde van a cobrar o ante que autoridad van a presentar el contrato para su interpretación y cumplimiento.... obvio es... que quedar a deber un dinero... NO ES UN DELITO... y para tratar de configurar tal... deben primero tratar de hacer cobranza judicial... y al no lograrlo... tal vez... en la via penal... pero no no hay caminos llanos... todo tiene una intención... y nada se pueden saltar... y si se lo saltan... y no era por ahi... pierden unas por otras... saludos ochoa... saludos...
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