- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PRIMA POR ANTIGUEDAD
- Consulta : 282258
- Autor : angel_t.o_NR
- Publicado : Viernes 17 de Marzo de 2017 17:41 desde la IP: 187.136.150.5
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
-
AutorConsulta
-
Publicado el Viernes 17 de Marzo de 2017
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 393730
-
Fecha de respuesta: Domingo 19 de Marzo de 2017 14:43 2017-03-19 14:43 desde IP: 187.190.146.46
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 393738
-
Fecha de respuesta: Martes 21 de Marzo de 2017 17:20 2017-03-21 17:20 desde IP: 189.180.179.12
baja y renuncia... son cosas diferentes... baja.... es alir de la empresa y poder volver a ella... si hay sitio para el caso... renuncia... es el dar por terminada la relación de trabajo... y perder el derecho a la indemnizacion constitucional y a la prima de antiguedad... la prima de antiguedad corresponde a 12 dias por cada año de servicios prestados... en tu caso... un dia por cada mes... la patronal deide si hay o no una renuncia de derechos...
-
Autor






