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TéRMINO DE CONCUBINATO
- Consulta : 282242
- Autor : vale8928
- Publicado : Miércoles 15 de Marzo de 2017 17:33 desde la IP: 207.244.78.6
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,602
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 15 de Marzo de 2017
Buenas tardes, abogados. Estoy en concubinato de 5 años donde tenemos un hijo de 4 a punto de terminar, la cosa aquí es que no se ni por donde empezar para poder hacer todo legal, no tengo posibilidad de pagar un abogado privado ¿Qué puedo hacer? Además tengo una casa de infonavit que saqué hace 2 años y medio, quisiera saber si le corresponde la casa a ella o es totalmente mía, ya que yo la adquirí, además de cuanto sería el proporcional de pensión alimenticia que le corresponde? Quisiera también saber si podemos acordar una cantidad mayor. Aparte había escuchado que si uno de los 2 tenía otra pareja perdía algunos derechos, la cuestión es que ella está saliendo con otro tipo pero no viven juntos, todo parece indicar que tienen una relación. Agradezco mucho su ayuda :)
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 393684
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Marzo de 2017 00:17 2017-03-16 00:17 desde IP: 189.216.198.231
Buenas noches.
El concubinato genera derechos para tu pareja de alimentos y para heredar únicamente.
En ese tenor, si la señora se dedico al hogar o cuidado de los hijos y no tiene recursos para subsistir, estas obligado a darle pensión alimenticia a ella y tu hijo (Al hijo estas obligado a darle hasta su mayoría de edad o hasta que termine una carrera).
No hay forma de calcular el monto de la pensión, pero los jueces decretan entre un 15 y 20% por cada uno y se puede llegar a negociar dar un monto mayor o menor.
Como lo mencionamos al principio, al no generar otro tipo de derechos el concubinato, no debes repartir la casa que compraste con tu pareja.
Por ultimo, si puedes demostrar que ella tiene otra pareja, el concubinato terminó desde esa fecha aunque no haya vivido con la otra persona y sólo tienes obligación de proporcionar alimentos durante el tiempo que realmente duro el concubinato.
Si no tienes para contratar un abogado puedes acudir a la Defensoría de Oficio del Tribunal de tu Estado o un Bufete Jurídico Gratuito de alguna Universidad.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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Autor
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AutorRespuesta No: 393690
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Marzo de 2017 13:44 2017-03-16 13:44 desde IP: 189.216.140.255
Si la concubina se encuentra en el supuesto de que durante la relación se dedico exclusivamente a las labores del hogar y al cuidado del menor, le asiste acción y derecho a demandar una compensación económica hasta del 50% del inmueble adquirido por el concubinario independientemente que este se haya adquirido a través de un crédito con el infonavit.
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Autor