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DESPOJO DE PROPIEDAD

  • Consulta : 237107
  • Autor : mauierik60_NR
  • Publicado : Viernes 25 de Julio de 2014 19:16 desde la IP: 189.137.74.156
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,082
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  • Autor
    Consulta

  • mauierik60_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes.

     

    Deseo saber que debo hacer para poder entrar a mi casa, ya que al ausentarme por unos días, regreso y me encuentro que mi pareja ha puesto dos cerraduras más, que no me permiten el acceso a la misma, no me notifico de los cambios y no he podido localizarla por vía telefonica para aclarar las cosas.

     

    Agradesco de antemano su respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 361200

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es su casa?, es de su propiedad?....rompa los candados y entre y si solo es su "pareja" o novia, mandela a volar con todo y chivas y ya!...



  • Autor
    Respuesta No: 361202

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    abusado... no hagas caso... primero checa si hay una demanda civil... y tu inicia una accion penal de despojo... contra quien resulte responsable... pero no hagas nada a la fuerza y sin conocimiento de la autoridad... tu abogado te dice que hacer... liz.... liz... LIZ!!!! que traes..ñ ya van varias barrabasadas que dices... tu no eras asi.... que pasa????



  • Autor
    Respuesta No: 361234

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Demanda en la vía penal el despojo y en la vía civil el reivindicatorio acreditando q eres el propietario o el interfdicto sí solo tenías la posesión sin ser propietario Sí tienes alguna duda nos ponemos a tus órdenes Lic Alejandro Barroso Tel despacho 47.56.98.42 Tel nextel 36.19.84.09



  • Autor
    Respuesta No: 361243

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Consultante lo que de e hacer jurídicamente en su caso es, denunciar penalmente a su pareja ante el C. Agente del Ministerio Publico de su Localidad, por la probable comisión del delito de despojo cometido en su agravio, saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 361255

  • LizYo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola buenas tardes, aprovechando que aqui si contestaron sobre propiedad... tengo unas dudas que hice en una consulta pero jamas me contesto nadie :( 

    Somos 2 condueños de una nuda propiedad (hermanos) la madre  (usufructuario vitalicio).... 

    Yo no vivo en la casa, y mi hermano si vive ahi, mi madre vive en EU... 

    Total voy al grano, ellos (mi hermano y otras dos personas que estan viviendo en la casa) contruyeron un local comercial, (cuando lo comenzaron a construir hace 3 años fui a planeacion pero aun asi que les metieron multa, terminaron de contruir) ahorita ya mi hermano saco un permiso de negocio y ya estan trabajando el negocio, desde el principio yo no estuve de acuerdo porque destruyeron el frente de la casa por hacer el local, pero a mi jamas me pidieron firma ni nada, lo hicieron sin permiso ni de planeacion, ni nada! Me aconsejaron ir a planeacion y pedir que derrumben y a padron y licencia para que le quiten el permiso de negocio.

    Mis dudas son: 

    1.- Si yo voy a pedir que derrumben, porque yo jamas estuve de acuerdo con eso del local, ¿Me van a pedir indemnizacion o que pague por lo que invirtieron? 

    2.- Si yo en algun momento (por problemas con mi hermano ya que es drogadicto y agresivo) quiero demandar la division de la propiedad, si aun sigue el usufructo ¿Se puede dividir?  en las escrituras dice asi "en la inteligencia que el inmueble pasara a los donatarios en partes iguales y en mancomun"...

     

    Espero me puedan ayudar un poquitin.

    Yo antes les peleaba de irme a vivir para alla, pero se que eso no es posible porque mi hermano me amenaza con echarme a la calle y cortarme luz y agua, y mi madre lo apoya a el, obviamente yo se que mi mama es la que tiene el derecho de decidir quien vive ahi. Pero ahora solo voy por lo que es mi derecho, pues segun eh leido en los articulos civiles que ninguno de los condueños puede hacer modificaciones, ni tampoco los usufructuarios. Pero esas dos son mis grandes dudas! 



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