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TENGO 20 AñOS VIVIENDO EN UNA PROPIEDAD PAGO LOS DERECHOS Y QUIERO POSEERLA
- Consulta : 218927
- Autor : dinesanohemi74_NR
- Publicado : Viernes 17 de Enero de 2014 21:10 desde la IP: 201.141.53.81
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,086
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
tengo 20 años viviendo en el terreno de mi suegro con su consentimiento, mi suegro por palabra dice que ya esta bajo testamento la herencia< de mi esposo y de su hermano , osea que la casa donde eh vivido es de mi esposo y de mi cuñado como herencia , pero mi cuñado segun no le interesaba nosotros asumimos todos los gastos de agua y predio durante estos años, pudimos contruir, pero mi cuñado no nos ayudaba en nada porque decia que no le interesaba ahi, ahora despues de 20 años mi cuñado quiere hacer departamentos y venderlos, como puedo hacer para que no me quiten la casa, ya que mi cuñado tiene muchas ideas de hacer negocio con el terreno y la verdad no quiero dejarselo mi suegro vive todavia y los papeles estan a su nombre pero el no se encargaba de nada tengo los pagos del predio y agua hay veces que si deje de pagar pero despues me ponia al corriente orientenme por favor que puedo hacer para tomar posesion de esta propiedad, donde debo de ir , que debo de hacer , que posibilidades tengo de poseer la propiedad, ayudenme por favor.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337799
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Enero de 2014 21:33 2014-01-17 21:33 desde IP: 187.201.147.240
Consultante usted aunque ha vivido en ella 20 años, esa possesión que ha detentado NO LE HA GENERADO NINGÚN DERECHO DE PROPIEDAD, EN VIRTUD DE TENER UNA POSESIÓN DERIVADA, MÁS NO ORIGINARIA, en virtud del contrato de comodato verbal que celebró con su suegro porque como usted misma nos refiere en su consulta, su suegro les permitió vivir, pero no se las donó o cedió de alguna forma, por lo tanto, la casa es de su suegro, aunque usted y su esoso hubieran pagado todos estos años los impuestos, servicios y derechos correspondientes de la misma, y la única forma de adquirirla es que su suegro los deje a usted consultante y a su esposo como herederos de este bien inmueble, o que se los venda, done o ceda en algún contrato o convenio ante Notario Público, para que cause efectos contra terceros, saludos y suerte en su caso.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . l i n a r e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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Autor
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AutorRespuesta No: 338211
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Enero de 2014 11:32 2014-01-23 11:32 desde IP: 187.252.94.179
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Autor
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AutorRespuesta No: 338212
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Enero de 2014 11:43 2014-01-23 11:43 desde IP: 189.217.33.41
Hola Buenos Días:
En base a su asunto le comento que si puede también demandar en la vía civil pues viene haciendo actos de dominiio, con independencia de que su suegro se la de o no a su esposo.
Para mayor información y con la unica finalidad de poder aclarar sus dudas me pongo a sus ordenes en los siguientes telefonos:
Nextel.- 36.19.84.06.
Oficina.- 47.56.98.42.
Blanca Núñez
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