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PODER NOTARIAL DE ACTOS DE DOMINIO, ADMINISTRACIóN, VENTA Y COBRO CASA HABITACIóN
- Consulta : 203001
- Autor : rponce9_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Julio de 2013 19:26 desde la IP: 177.227.121.176
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Julio de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 321001
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Julio de 2013 21:34 2013-07-10 21:34 desde IP: 189.234.197.102
si no lo pgaste... si... y tambien a petición del que te lo otorgo... y si lo usas... hasta meterte a la ergastula...
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Autor
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AutorRespuesta No: 321059
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Julio de 2013 10:53 2013-07-11 10:53 desde IP: 187.201.130.186
El poderdante puede cancelar el poder ante el Notario que lo expidió, saludos.
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Autor






