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DIVORCIO
- Consulta : 185759
- Autor : rbk.hdez.ortiz_NR
- Publicado : Miércoles 06 de Febrero de 2013 22:13 desde la IP: 201.114.239.112
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 06 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Hidalgo
Puedo tramitar un divorcio sin tener ubicación del conyuge? después de 8 años de separación, sin recibir pensión alimenticia por dos hijos que ya son mayores de edad, me casé en el D.F. y radico en Hidalgo desde hace 11 años, gracias por su ayuda.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 302132
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Febrero de 2013 00:02 2013-02-11 00:02 desde IP: 187.201.134.60
CONSULTANTE rbk.hdez.ortiz_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Espero que la siguiente información jurídica respecto al DIVORCIO INCAUSADO O MEJOR CONOCIADO COMO “EXPRESS”, le sea de utilidad a fin de disipar sus dudas legales sobre el particular:
DIVORCIO INCAUSADO EN EL DISTRITO FEDERAL.
¿Qué es? ¿En qué consiste?
El Código Civil para el Distrito Federal establece el Divorcio sin causa, que procede si uno de los cónyuges manifiesta su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin precisar causal alguna. De modo que la simple solicitud de divorcio de uno de los cónyuges, basta para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del Matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal, sin importar dónde se haya casado.
Si el último domicilio conyugal se estableció en el Distrito Federal, pueden presentar su solicitud de divorcio incausado ante Juez de lo Familiar del Distrito Federal, acompañando al mismo una propuesta de convenio, que debe contener lo siguiente:
I. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces;
II.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;
III.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;
IV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en su caso, y del menaje;
V.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición;
VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de cada caso.
Requisitos:
I. Tener casado al menos un año.
II. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.
III. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.
IV. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.
V. Realizada la contestación o no, el Juez decretará el divorcio, pese a que haya controversia en el convenio.
VI. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlo valer en vía incidental únicamente respecto al contenido del convenio.
Documentos necesarios:
I. Acta de matrimonio.
II. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).
III. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes adquiridos en sociedad conyugal (en su caso).
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-2848-7477
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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AutorRespuesta No: 304340
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Febrero de 2013 09:18 2013-02-25 09:18 desde IP: 189.177.254.33
SI PUEDES TENDRIA QUE SER QUE LO NOTIFIQUEN POR EDICTOS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION... SUERTE
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Autor
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AutorRespuesta No: 304441
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Febrero de 2013 19:24 2013-02-25 19:24 desde IP: 187.165.85.196
CONSULTORIO JURIDICO DE HIDALGO
asesoria juridica
Es posterior a la buscqueda de los lugares o familiares mas cercanos o por lógica quienes podrían saber de su paradero que se inicia la busqueda de manera extrajudicial, de no haber medios posibles de localización se demanda y solicita al juzgador gire oficios a las autoridades que pudieran tener registrada alguna dirección o ubicación de esta persona, en cuyas sitiaciones es muy común que se pueda localizar, si aun así no es localizable, se realiza por medio de la públicacion de Edictos, que de no responderlos se seguiria el tramite del divorcio sin ningún problema ni repercución sin estar esta persona presente, pero legalmente valido.
Ya tiene mi correo..
ATENTAMENTE
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AutorRespuesta No: 304445
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Febrero de 2013 19:28 2013-02-25 19:28 desde IP: 189.177.17.235
busca un abogado que te diga... donde debes iniciar tu juicio... esto es en base al ultimo domicilio conyugal... y lo que importa es que sepas donde... para que se proceda a pedir el juicio por medio de edictos en los periodicos de mayor circulación... si es en el df.... es carisimo... pero si es en un estado de la republica... baja muchisimo ese costo... de edictos... y de honorarios..
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AutorRespuesta No: 304509
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Febrero de 2013 22:17 2013-02-25 22:17 desde IP: 189.156.195.220
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