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ASESORIA LEGAL PARA SER PRESTAMISTA INDEPENDIENTE

  • Consulta : 166065
  • Autor : hidroregio_NR
  • Publicado : Miércoles 22 de Agosto de 2012 15:34 desde la IP: 189.212.174.56
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,099
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  • Autor
    Consulta

  • hidroregio_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    buen dia

     

    tengo algo de capital y me gustaria brindar prestamos de 1,000 a 3,000 pesos con garantia prendaria y me gustaria saber de que forma me puedo proteger legalmente para no perder mi dinero en caso de que no paguen que es un riesgo que se debe correr

    me gustaria saber que instrumentos legales puedo utilizar para manejar esta actividad

     

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  • Autor
    Respuesta No: 321968

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Deberá estar inscrito ante Hacienda (SAT) y obtener su RFC. Cumplir con la Ley de Hacienda del Estado y demás disposiciones relativas. Respecto a la actividad de las Casas de Empeño, estas están reguladas por el Código de Comercio,  que se refieren al préstamo mercantil en general, así como por los códigos de distintos estados. Así pues, para poder operar bajo un marco legal deberá de cubrir los siguientes requisitos, 1.- Verificación, por parte de un Notario Publico, de la legislación Estatal respecto de los Créditos Prendarios, y cumplir con esos requerimientos. De igual manera y aunque no existe ninguna regulación de tipo Federal, es la oferta y demanda de los servicios ofrecidos quien impone las reglas del juego. Deberá mantener un estricto código de ética respecto al cobro de intereses, los cuales, deberán ser siempre los mas bajos del mercado. Adicionalmente, se recomienda solicitar al Notario Publico, la legislación de la entidad Federativa donde opere respecto al Agio y la Usura, conocerla y ajustar a sus lineamientos para evitar actos violatorios a esas disposiciones, y mantenerse siempre actualizado respecto a las principales diferencias conceptuales entre préstamo y el Agio. Consulte abogado.



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