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EXTORSION?

  • Consulta : 162461
  • Autor : isaacmoravazquez_NR
  • Publicado : Sábado 28 de Julio de 2012 14:16 desde la IP: 148.246.93.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • isaacmoravazquez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    estoy ampliando mi casa lo que es el garage y una recamara en la parte de arriba, yo hice mi contrato de construccion y nunca se me menciono que podria venir algun sindicato, hoy me llego el sindicato de la croc, pidiendome una cooperacion, la cual es de 400 pesos, si no de lo contrario me suspenden la obra, mi pregunta es la siguiente, puede hacer un sindicato esto. no se supone que yo cuento con un permiso de construccion. mi nombre es Isaac de cuautitlan mex. y se identifica con su zona en tlalnepantla de baz edo. de mex, que tiene que hacer tlalnepantla en cuautitlan mex.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 277701

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente está siendo víctima de extorsión. El sindicalismo el libre y nadie le puede exigir cuotas por la construcción. No se deje sorprender, en cuanto llegue alguien a su casa pidiendo dinero, llame de inmediato a una patrulla y lo señala como extorsionador. Manténgase en su dicho.



  • Autor
    Respuesta No: 277714

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    albetomotavazquez:

    El colega Lic. Alberto Ochoa de Ochoa Donis S.C. (cordiales saludos) que inicialmente le contestara está equivocado al mismo tiempo que se muestra certero.

    En efecto, usted y la constructora son solidariamente responsables del pago de las cuotas sindicales que se generen por haber contratado trabajadores de la construcción, de tal manera que en ese sentido es que está errado el Lic. Alberto Ochoa, toda vez que cualquier sindicato de la construcción debidamente constituido y registrado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado de México le puede emplazar a huelga y suspender los trabajos de manera enteramente legal.

    Ahora bien, dentro de la práctica, es usual encontrar gente comolaque leentrevistó pidiendo pago de cuotas (sindicales) o que mediante un módico pago simulen que ya cuenta usted con la firma del respectivo contrato colectivo de trabajo, facilitándo con ello, una placa alusiva para que otros sindicatos estén avisados de que ya cuenta usted con una "protección legal".

    Claro está que esta "protección legal" de simulación de existencia de un contrato colectivo en realidad es un fraude, pero como es una práctica común que los sindicatos se "tapen con la misma cobija", puede resultar efectiva, aunque en caso de que suceda un accidente de trabajo ó que un sindicato no se trague el anzuelo, todo saldrá a la luz y los problemas podrán ser mayores, aunque en la mayoría de las veces así se funciona..



  • Autor
    Respuesta No: 277717

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    ADDENDUM:

    Claro está que también puede existir algún avispado que se aproveche de la situación y cometa un delito de extorsión, ya sea porque sea un falso representante del sindicato que dice representar, ya sea porque la constructora cuenta con el contrato colectivo que le ampara legalmente, o ya sea por otras circunstancias que sería prolijo enumerar...



  • Autor
    Respuesta No: 277724

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tu no eres obligado solidario para deducir las cuotas sindicales, ya que no eres patrón, ya que el patrón es la constructora, y en tu caso, si bien los obreros son quienes construyen en tu casa, tu no los contratas, ni nada, tu relación es únicamente con la constructora en virtud del contrato de obra celebrado con ésta, pero nada tienes que ver con el sindicato y mucho menos tienes que pagar algo. Tu contrato, es un contrato civil, de prestación de servicios. Haz caso omiso de la respuesta anterior, yq eu así sea efectivamente el representante legal del sindicato tú nada tienes que pagar.



  • Autor
    Respuesta No: 277755

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    SERGIO el creido y prepotente, asi se califico el, no conoce de derecho laboiral, si el CROC, como representante del sindicato, no recibe su (extorision)  cuota,  parara la construccion y entoinces se incremntara el gasto, por no dar 400 pesos?

     

    Si hay dudas, por favor envíame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.

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    Estamos en contacto, responderé a todos los correos que me envíen.



  • Autor
    Respuesta No: 277775

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mira Mascara negra, el que no sabe de laboral eres rú, ya que no sabes que, aquí el único que tendría que deducir los gastos de asministración del sindicato es la constructora, más NUNCA, la persona que contrata con la constructora, pues el contrato de obra es un contrato netamente civil, que nada tiene que ver con el laboral. Entonces máscara negra, ya que estás en esta consulta, entonces acaso estas sugiriendo al consultante que además de las cuotas sindicales, debe pagar aeguro social de los albañiles, INFONAVIT, e ISR??? Acaso eso está sugiriendo??



  • Autor
    Respuesta No: 277779

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Todas las prestaciones, de eso el patron no se salva.

    Soy asesor de CTM, por tanto entiendo el dilema plenamente.

    Se inscribe en la Junta de conciliaciòn y arbitraje la titularidad del sindicato, previa toma de nota.

    Lo que paga el patron con los 400 pesos, es la CHAROLA, el letrero que dice CROC y la secciòn sindical que amapra a los trabajadores a partir del momento en que se paga, hay un contrato,m un recibo y este termina cuiando se da de baja la obra por terminaciòn o por suspensiòn.

    ALGO MAS QUE DESEES saber  SERGIO?

      

    Si hay dudas, por favor envíame un correo, contestare todos, pon tu numero de consulta en ese correo.

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  • Autor
    Respuesta No: 277781

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Así es.

    El consultante escribe lo siguiente:

    - cuenta con PERMISO DE CONSTRUCCIÓN (el cual otorga el municipio)

    - cuenta con un contrato de construcción

    verbigracia:  no tiene él porqué arreglarse con el sindicato, pues en todo caso esto es con EL CONSTRUCTOR, quien por eso cobra HONORARIOS, pues es un contratista de obras que asume todas las responsabilidades.

    Así entendí yo lo expuesto por el consultante,  ya si no existe ningún constructor... es otra cosa.

     



  • Autor
    Respuesta No: 277783

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Saludos Cuaresmeño, saludos y ya dije, estamos en contacto.



  • Autor
    Respuesta No: 277798

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Efectivamnete, no es una extorsiòn, es la titularidad del contrato, entre CTM y CROC, para que esta pueda ser inscrirfa en la Junta Local de Conciliaciòn y Arbitraje del su Estado;  es la propia Ofciian de perisos de construcciòn del municipio, quien avisa al IMSS y a la CROC y a ña CTM, para que se apersonen, el IMSS, avisa, por memorandum  al INFONAVIT, este ultimo no hace nada, en tanto el IMSS puede  acudir al sitio de la construcciòn y pedir una inspecciòn de documentos, y si hay trabajadores que no se le ha dado la prestaciòn IMSS, se crea un CAPITAL CONSTITUTIVO, por todo el tiempo que la construcciòn tenga, asi se diga que  es el primer dia que trabajan, ya que no hacer la alta crea el problema por todo el tiempo que duro la obra.

    La titularidad del contrato, va en base a la toma d enota del sindicato, el reconocimeinto que el sindicato tenga asentado como asociaciòn rfeconocida por la autoridad del trabajo.

     

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    POR FAVOR, EN SUS CORREOS SEÑALEN EL NUMERO DE LA CONSULTA.

    Lic. Sandra Angeles.

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  • Autor
    Respuesta No: 277848

  • sergio1987
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Que mal que no lean las consultas mascara negra. Entiende el consultante es quien contrato la obra con la constructora. El no es el patrón. Tu mismo lo has dicho quien debe pagar es el PATRÓN, y de cuando acá, la constructora que está a cargo de la obra dejó de ser el patrón?



  • Autor
    Respuesta No: 277849

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Agradezco mucho a Primus Tribunus, sus comenarios, siempre leo sus aportaciones a este foro. No creo que porque cuatrocientos pesos sean poco y se libre del problema, signifique que deba pagar la extorsión. Así inician y después es el el pago de piso, y luego el secuestro. Si bien en cuanto a costo beneficio por una mínima "aportación" se quita del problema, en un foro de asesoría jurídica no se le puede recomendar doblar las manitas. La constructora es quien debe responder.



  • Autor
    Respuesta No: 277872

  • Calva Triste
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Afortunadamente el CANCER del sindicalismo en México está menguando. Pero se resiste a morir.



  • Autor
    Respuesta No: 277932

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    SERGIO, el patron es el contratante, si el contratado, la constructora, no paga las prestaciones a los trabajadores,  el dueño de la obra es obligado solidario y por ende la obra, la casa, es la garantia del pago de las prestaciones laborales de los trabajadores que fueron asignados a esa obra.

    Hay valientes que se saltan al IMSS, cuando pasa el accidente, y se muere el trabajador, la empresita, se desaparece y el que queda con la deuda es el dueño de la obra.

    NO SABIAS ESO?

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    POR FAVOR, NO OLVIDEN SEÑALAR EL NUMERO DE CONSULTA. GRACIAS.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    Lic. Sandra Angeles.

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  • Autor
    Respuesta No: 278328

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Saludos. En mi tienes una amiga.

    Agradezco tus correos,  son un apoyo, contestare a todos.

    POR FAVOR, EN SUS CORREOS SEÑALEN EL NUMERO DE LA CONSULTA.

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  • Autor
    Respuesta No: 313776

  • arturovelcarr
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pero que pasa si yo contrato directamente a los trabajadores y ellos no estan sindicalizados ni tienen interes por sindicalizarse? 

    En ese caso el sindicato no tendria nada que hacer en la obra....

    Es correcto lo anterior?



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