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DUDA ACERCA DE UN AMPARO

  • Consulta : 145267
  • Autor : galaxydiamante_NR
  • Publicado : Sábado 07 de Abril de 2012 15:46 desde la IP: 189.179.221.157
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • galaxydiamante_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA Q TAL BUENAS TARDES, ME GUSTARIA SABER SI ALGUN LIC. ME PODRIA ASESORAR ACERCA DE DONDE TENGO Q TRAMITAR UN AMPARO Y COMO SE LLAMA A ESTE TIPO DE AMPARO, EL PROBLEMA ES EL SIGUIENTE: MI ESPOSO SE ENCUENTRA EN EL RECLUSORIO PREVENTIVO VARONIL ORIENTE DESDE HACE 1 AÑO 5 MESES Y LE IMPUSIERON UNA SENTENCIA DE 7 AÑOS 3 MESES POR EL DELITO DE ROBO, EN LA APELACION LE CONFIRMARON LA SENTENCIA Y ME DICEN Q AHORA EL SIGUIENTE PASO ES EL AMPARO, MI PROBLEMA AL IGUAL Q EL DE LA MAYORIA D FAMILIARES E INTERNOS ES LA FALTA DE DINERO PARA PODER CONTRATAR A UN ABOGADO, EL ES REINCIDENTE PERO YO AUNQUE NO SE DE LEYES VI Q DENTRO DE SU EXPEDIENTE ESTA EL PERITAJE Q LE HICIERON AL CARRO Q SEGUN SE ROBO Y DICE Q NO SE ENCONTRARON HUELLAS DE EL EN ESTE, LA OTRA ES Q LO JUZGAN POR ROBO DE AUTO CUANDO CREO YO DEBIO DE HABER SIDO TENTATIVA DE ROBO PUES EL CARRO NUNCA SE MOVIO DE LUGAR

    ESPERO ME PUEDAN AYUDAR Y DECIR A DONDE ES Q TENGO Q IR PARA TRAMITAR DE MANERA GRATUITA ESTO DEL AMPARO

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261152

  • TOCA1968
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    CONSULTANTE galaxydiamante_NR,

    Presente:

    Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:

    Lo que se debe de hacer en caso de su esposo, es promover un AMPARO DIRECTO EN MATERIA PENAL EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA, que es el medio de impugnación legal extraordinario previsto en la Ley de Amparo, para dejar insubsistente la resolución de segunda instancia condenatoria, dictada en contra de su esposo por la Sala Penal que resolvió su recurso de apelación, PARA ELLO DEBE USTED ACUDIR AL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORIA PUBLICA, UBICADO ENBUCARELI NÚMEROS 22 Y 24, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC,
    C.P. 06040, MÉXICO, D.F. CONMUTADOR 51-30-01-00,
    a efecto de que su esposo reciba a los SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS FEDERALES, por lo que no deje pasar más tiempo y acuda cuanto antes ante dicho Instituto, a efecto de recibir la asesoría jurídica gratuita que su esposo necesita para resolver su caso, esperando que esta información le sea de utilidad en el caso de su esposo, y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.

    ATENTAMENTE

    LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO

    Cel: 55-3462-7069

    E-MAIL: lunacastroasociados arroba . com



  • Autor
    Respuesta No: 261165

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los Defensores públicos Federales no realizan Amparos para reos sentenciados por delitos del Fuero común, como es el caso del esposo de la consultante, en este caso debe de pedir orientación al defensor publico de cualquier Juzgado sobre el domicilio de los Amparistas, se que es en la Calle de Izazaga en el centro de la Ciudad, pero para no mal informarla le sugiero que pregunte al defensor de oficio de los Juzgados anexos al Reclusorio Oriente.

    De manera adicional le comento que aún y que el vehiculo no se haya movido, si el propietario o conducto fué materialmente desapoderado del mismo, y este entro en la esfera de dominio de su esposo -aún y que no se haya movido un centimetro- es suficiente para que se actualice el delito. Ahora bien el Juicio de Amparo Directo no es una instancia mas, es decir el Tribunal Colegiado que conozca del asunto no será un revisor de la actuación de la sala de apelación, sino que es un órgano encargado de la Constitucionalidad, no deseo confundirla con términos que desconoce, pero a grandes rasgos le comento que el Tribunal de amparo no puede valorar nuevas pruebas sino las que ya estan en el expediente.

    Pero, le comento que con un buen Amparo bien puede lograr aspectos que le beneficien, desde la reducción de la condena, hasta la libertad. Acuda con un Amparista, que el abogado especializado en Juicios de Amparo, y seguramente le apoyaran.



  • Autor
    Respuesta No: 261233

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    gratis?...nada... y menos en materia penal....  

    puedes también acudir a las universidades, del estado o privadas que tienen escuela de derecho, en el departamento de servicio social le asignaran un pasante que puede ayudarte a resolver tu asunto, puedes también  acudir a un partido político, el que sea, ahí tienen SECRETARIA DE ACCION Y GESTION SOCIAL y ellos tienen abogados que se encargan de estos asuntos; puedes recurrir a los servicios profesionales y gratuitos de los DEFENSORES DE OFICIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TU ESTADO, o de otras dependencias de gobierno, o Instituciones como es el caso de los servicios gratuitos del BUFETE JURÍDICO DE LA UNAM...





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