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DADA DE BAJA SIN PREVIO AVISO
- Consulta : 100729
- Autor : ditae_5_NR
- Publicado : Jueves 03 de Febrero de 2011 20:16 desde la IP: 189.179.154.47
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 03 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas noches.
Tuve un incidente en la universidad (el incidente fue haberle dicho inutil a mi directora de carrera) hace aproximadamente 4 semanas por lo ke el rector me comento ke me iba a suspender, pero ademas iba a comentar mi situacion con el consejo academico para ver ke otra amonestacion me otorgaban a lo cual yo le dije ke estaba dispuesta a ke me suspendieran pero no asi a otra amonestacion sali de su oficina y fue todo yo segui yendo a la escuela y cual fue mi sorpresa el dia de hoy ke iba a pagar la colegiatura ke me dicen ke estoy dada de baja, no se me hace justo ke por el capricho de una señora yo tenga ke ser dada de baja ademas sin notificacion alguna ya sea a mi o a mi mama ke es kien paga la escuela, hace como 2 semanas comente mi caso con algun profesor y me sugirio denunciarla a derechos humanos ya ke despues de ke insulte a la directora de carrera ella se levanto y me grito arrepientete y porque siempre ke acudia con ella acababa en problemas debido a su depotismo, altaneria y al hecho de ke nunca resulve nada. Pero no tengo ni la menor idea de que pueda hacer, ya ke no me parece justo haber gastado tanto dinero y esfuerzo para que ahora no pueda terminar mi carrera. Alguien me puede decir ke puedo hacer???... por ke estoy deseperada y no se ke hacer
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 208678
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Febrero de 2011 20:36 2011-02-03 20:36 desde IP: 189.180.208.99
Hola ditae:
Reciba un cordial saludo y con relación a su consulta, permitame exponer lo siguiente:
La prestación de servicios educativos PRESTADOS POR PARTICULARES se tiene como base un contrato, en este documento se indican las cláusulas y características de la prestación de ese servicio, el cual no podrá ser rescindido UNILATERALMENTE.
En caso de servicios educativos PRESTADOS POR EL ESTADO se tiene como base el decreto de creación del instituto, o la ley de su creación, al igual que el reglamento interno, y otros ordenamientos que varían entre una y otra escuela publica.
En ambos casos, la conducta de los Directivos no puede ser arbitraria o unilateral, en todo caso debe apegarse a los ordenamientos específicos de cada entidad.
Dependiendo de su situacion particular, puede acudir a la Autoridad competente para formular su reclamación y obtener su reingreso a la escuela, lo mas conveniente es que consulte a un Abogado calificado para que la represente.
Únicamente le recuerdo que NO DEJE DE CUBRIR LA MENSUALIDAD O COLEGIATURA, la cual puede pagar MEDIANTE CONSIGNACIÓN ANTE UN JUEZ DE SU LOCALIDAD.
Espero que esta información le resulte de utilidad.
Atte:
Lic. Víctor Luna Castro; Luna Castro y Asociados S.C. Cel. 5527745706
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