Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 3899

  • axeldeleon
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    efectivamente, si tu tio puede acreditar el origen de dicha posesion debe acudir apoyado por la procuraduria agraria ante el tribunal unitario agrario a solicitar que se le otorgue la propiedad de dicha parcela ejidal por el tiempo que la a trabajado, ahora debe primero ver si dejo sobre designando sucesores, igual y el es el sucesor preferencial y tramitaria nadamas el nuevo certificado a su nombre como sucesor con un costo de $230.00 + o -.



  • Autor
    Respuesta No: 3897

  • CAROLINE17
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    si tu pregunta va encaminada hacia la prescrpcion positiva, tienes que saber que esta opera solo si demuestras la causa generadora de la posesion auun en materia agraria. Ahora bien si tu abuela aun vive puedes solicitarle que ceda los derechos a favor de tu tio con todos los requisitos que establece la ley. En el caso de que ella haya fallecido ya, probablemente se encuentre ya inscrito ante el Registo Agrario Nacional el beneficiario de dichos derechos.



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