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34 Pensiones Alimenticas, que onda con eso... Iniciado por: IVA09


Mi hermano y su esposa quieren diviorciarse solo que ella le pide pension, pero él desde agosto perdió su trabajo y de cualquier maner les lleva comida, les compró juguetes de navidad y reyes etc a sus hijos; el mayor de 4 años y el otro de 2 años. Ella si tiene su trabajo en Bancomer, tiene prestacion medica del banco en la que no paga ni un eso ni de medicinas pues hasta eso le dan. Ella no paga renta pues vive con sus abuelos y no paga nada aboslutamente que no sea ayudar con los servicios como son la Luz, Gas,Etc pues en esa casa grande viven una familia mas tios de ella y ademas sus dos abuelos y su hermano. Estan casados desde hace 5 años por Bienes separados y ella se fyue de la casa al año de que se casaron aprox, osea llevan separados desde hace 4 años aunque se siguen viendo casi como novios osea el va a verla, ella viene a la casa con los niños al mes siguiente se pelean x dos semanas y otra vez vuelven, etc. Mi pregunta es ¿ apesar de no tener trabajo mi hermano tendria que dar pension alimenticia? y que porcentaje x cada niño?. Ella le daria pension a él? Ademas me preocupa que ella diga que no ha pagado anteriormente su manutencion y desafortunadamente no guardamos los tickets para comprobarlo. Aunque hay testigos. Quisiera saber si puede alegar que los niños estan descuidados, desnutridos, un poco abandonados, incluso el chiquito de dos años e rompio el brazo en dos porque nunca les hacen caso. No para quitarselos si no se puede, pero al menos para lograr mayor tiempo de verlos y obligarla a que los cuide. Ojala puedas ayudarme, gracias-.
  • Creado: 2009-01-12
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  • Ultimo comentario:2023-08-15 18:14
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  • Maxwel Smart
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    Te extrañamos Rosa Isela!!!!!!!!!!!!



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    Respuesta No: 519

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


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    esto es consulta para el foro si comentas esto en el foro se te dara una asesoria mas personalizada tendras mas opiniones



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    Respuesta No: 152

  • Lic. DOnny Carreño P.
    ABOGADO CIVIL


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    claro que debe e dar pension alimenticia de acuerdo a sus posibilidades. el deudor alimentista esta obligado salvo que se demuestre su insolvencia.



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