Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 4438

  • ayt abogados
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    estimada monserrath para poder contestar tu pregunta es necesario que indiques que tipo de audiencia esl la que llevaste a cabo pues acuerdate que es la de conciliacion, la de demanda, la de ofrecimiento de pruebas y las de desahogo de las mismas, en todas se pueden diferir para el caso de que fuera la de conciliacion demanda y exepciones en todo caso el patron ya perdio su derecho a contestar la demanda y se le tuvo por contestada en sentido afirmativo y perdio su derecho a ofrecer pruebas, lo que debes de revisar es si estuvo bien notificado pues de lo contrario se puede amparar y reiniciar el juicio si gana el amparo.



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