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PATRIA POTESTAD

  • Consulta : 965
  • Autor : ofmh
  • Publicado : 2011-03-02 11:00 desde la IP: 201.144.232.195
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,484
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  • Autor
    Consulta

  • ofmh
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Saludos:

    Esta es mi situación. Estoy casado por bienes mancumunados. El año pasado descubrí que mi esposa me engañaba con otra persona, relación de la cual quedó embarazada. Decidí en su momento perdonarla, y de hecho se desistió una demanda por lesiones contra ella, debido a una discuión que hubo. Nació la bebé y la registré a mi nombre. Anteriormente habíamos tenido otra bebe. 

    Ahora, he descubierto que ha seguido viendo a esta persona, el día de ayer no llegó a la casa, dejando a las dos pequeñas con mi suegra. Nosotros vivimos en casa de mi suegra debido a que entró a la universidad y ella se hace cargo de las niñas en que regresa ella de la escuela y yo del trabajo. Como comento anteriormente, el día de ayer no regreso de la escuela, investigando descubrimos que ella se encontraba con esta persona en su casa. Tememos que regrese y se lleve a las niñas a vivir con su amante, pues esta persona es alcohólica y mala influencia moral para las niñas. Cómo puedo pelear por la custodia de las niñas, para evitar que ella se las lleve.

    Gracias por la atención que le brinden al presente mensaje.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 1030

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    La única forma que te den la guarda y custodia defintiva de las niñas, es que demustres que la madre ejerce violencia contra ellas o realice conductas que pongan en riesgo el normal desarrollo de las niñas, fuera de esos casos, la custodia defintiva siempre se la daran a la mama, sobre todo si son menores de 8 años, en el DF, por ejemplo es 12 años.

    No confundas con la patria potestad, son cosas distintas. Y en este caso la ejercen los dos.

    Si de plano y no pueden convivir juntos, divorcite, y en la sentencia respectiva quedara regulado lo inherente a la guarda y custodia, alimentos, patria potestad.



  • Autor
    Respuesta No: 1035

  • ofmh
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Una duda, ojala sirva para aclarar un poco más la situación. ¿Aun cuando haya abandono de infante (lleva 3 dias prácticamente sin ni siquiera comunicarse a la casa, una de las niñas esta enferma y ella ni siquiera sabe) se puede pelear por la custodia?

    Otro punto, me comentó en una ocasión que en un viaje que tuvo en diciembre, ella consumio marihuana, ese podría ser una prueba para aportar y solicitar la custodia?

    Gracias por la atención que le dan a esta consulta legal que tengo.



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