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AMENAZAS POR ABANDONO DE HOGAR
- Consulta : 935
- Autor : AguilarMtz
- Publicado : 2011-02-23 11:46 desde la IP: 189.216.15.32
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,482
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Febrero de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenos días a todos.
Por medio de la presente expongo a ustedes mi situación en espera de asesoría.
Vivo en el D.F. Tengo 22 años de casado bajo el régimen de bienes mancomunados con 3 hijas (20,14 y 6 años de edad), después de muchos años de una muy mala relación con mi esposa hace aproximadamente 3 meses ella me pidió que dejara la casa a lo que yo accedí. Antes de irme llegamos al acuerdo de que yo iba a seguir cubriendo todos los gastos tanto de la casa como de la manutención de mis hijas y también de ella.
Cabe aclarar que en este momento vivo en un departamento propiedad de mis padres, soy taxista y que en ningún momento he intentado esconderme o deslindarme de mis obligaciones como padre.
A partir del momento en que dejé el domicilio la relación con la señora ha ido empeorando al punto de que después de que yo le pedí recibos de los gastos que hacía con el dinero que le daba para tener un respaldo que acreditara que yo sigo cumpliendo con mis deberes en cuanto a la manutención de mis hijas ella se molestó al extremo de agredirme tanto física como verbalmente y amenazarme con que interpondrá una demanda en mi contra por abandono de hogar.
Yo estoy muy preocupado ya que desconozco si dicha acción sea merecedora de alguna pena económica o penal.
Quiero iniciar los trámites de divorcio pero no estoy muy bien informado sobre los trámites, documentos o escritos que debo presentar y ante que autoridad.
En espera de su pronta respuesta agradezco de antemano la atención a la presente.
Atentamente,Miguel Aguilar M.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1023
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Febrero de 2011 13:04 2011-02-23 13:04 desde IP: 189.136.44.132
Estimado Miguel Aguilar:
Para que se tranquilice no procede ninguna acción respecto de una demanda por abandono de hogar.
Despúes de leer su consulta, le recomiendo que se divorcie, en la actualidad es un procedimiento sencillo, rápido y no tan costoso, se tiene que ingresar un escrito, donde usted manifiesta su deseo de divorciarse, y se agrega un convenio que regule lo relativo a la guarda y custodia de los hijos, la forma y monto de pasar pensión , la forma de repartir la sociedad conyugal, etc.
De esta manera, usted quedara divorciado y quedara por escrito todo lo relativo al convenio, ya que el acuerdo de palabra que tiene con su aun esposa, de nada vale, por no estar ratificado ante la autoridad judicial.
Le recomiendo que se asista de un Abogado, no intente promover usted; ya que si bien es cierto que el juicio es rápido e, pueden sugir ciertos inconvenientes que se deberá allanar en la secuela procesal.
A continuación le dejo la siguiente información sobre el Divorcio Express.
DIVORCIO EXPRES O INCAUSADO EN EL D.F
¿QUE NECESITA PARA TRAMITAR SU DIVORCIO EN MEXICO D.F.?
1.-Tener al menos un año de haber contraído matrimonio.
2.-Tener su domicilio conyugal o domicilio en común con su pareja en México D.F.
3.-El acta de matrimonio y actas de nacimiento de sus hijos.( de tenerlos)
Que lo solicite uno de los cónyuges, ante un Juez de lo Familiar, en el Distrito Federal; el procedimiento es el siguiente:
DOCUMENTOS QUE SE REQUIEREN PARA PRESENTAR SU DEMANDA DE DIVORCIO:
- Copia certificada de Actas de Nacimiento de los hijos procreados
- Copia certificada de Matrimonio.
En caso de haber contraído matrimonio bajo el régimen patrimonial de sociedad conyugal, se necesitara copia certificada de las capitulaciones matrimoniales o convenio de sociedad conyugal.
LA PROPUESTA DE CONVENIO, CONTIENE; ADEMÁS DE OTROS PUNTOS, PRINCIPALMENTE LO SIGUIENTE:
- Liquidación de la sociedad conyugal, si se caso bajo ese régimen, es decir la forma como se liquidaran los bienes mancomunados.
- Régimen de visitas y convivencias a que tendrá derecho el cónyuge que no se quede con la guarda y custodia de los hijos.
- El monto de la pensión alimenticia que se otorgara a los hijos.
- Se presenta la demanda y el convenio ante el Juez de lo Familiar.
- Se notifica de la demanda y del convenio al otro cónyuge.
- El cónyuge demandado tendrá 15 días hábiles para presentar su contrapropuesta de convenio o manifestar su conformidad con el convenio exhibido por la parte que promovió el divorcio.
- Si el cónyuge notificado ofrece su contrapropuesta de convenio dentro del término citado, el juzgado señalara día y hora para la celebración de una audiencia, en la que se tratara de unificar o conciliar los puntos de la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.
- En caso de no llegar a un acuerdo en la propuesta y contrapropuesta del convenio multicitado, el juez; decretara el divorcio mediante sentencia; y dejará a salvo los derechos de ambos cónyuges, para resolver al respecto sobre los puntos en los cuales no se pusieron de acuerdo en la propuesta y contrapropuesta de los convenios exhibidos por ambos cónyuges.
- Estas diferencias se resolverán dentro del mismo expediente, a través del incidente correspondiente.
Nota: El juez emitirá sentencia de divorcio, aun cuando no se hayan puesto de acuerdo ambos cónyuges en cuanto a los convenios exhibidos.
DURACIÓN DEL DIVORCIO INCAUSADO
El divorcio incausado tarda en decretarse en un término máximo de dos meses, contados a partir de que se ingresa la demanda de divorcio.
Si tiene algún comentario, no dude en consultar.
Lic. Mecino.
Cel.: 5531195396.
México, Distrito Federal.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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