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JUICIO INCIDENTAL POR DIVORCIO INCAUSADO
- Consulta : 616
- Autor : regina mora
- Publicado : 2010-12-15 13:13 desde la IP: 189.140.40.69
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,500
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 15 de Diciembre de 2010
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola ! hace mas de un año que me divorcie, durante el matrimonio hicimos bienes y tubimos dos hijas la mayor tiene 14 años y la menor 11 años. Quiero arreglar mi situacion juridica con respecto a la patria potestad, pension alimenticia y separacion de bienes, tengo entendido que para esto tengo que promover un juicio incidental. Las niñas viven conmigo y su papa las ve los fines de semana y de pension aporta $ 2000.00 de manera mensual, no tengo manera de comprobar sus ingresos ya que el tiene negocio propio, yo soy empleada vivo con mi actual pareja y cubro la mayoria de los gastos de mis hijas, la vivienda que habitamos es rentada. ¿me podrian orientar que debo hacer al respecto? gracias!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 750
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Diciembre de 2010 10:57 2010-12-22 10:57 desde IP: 189.205.41.244
El divorcio fue voluntario? o necesario?, los bienes fueron señqalados en el tramite o juicio de divorcio?, pero sea como fuere, deberá promover el respectivo incidente de liquidación de la sociedad conyugal, ahora, presupongo que la patria potestad la estan ejerciendo ambos padres, por que si lo que refiere en este punto es de quitarle la patria potestad a su ex, parece ser que él no ha dado motivo o causa para proceder en consecunecia, toda vez que para ese efecto se requiere una causa grave, ahora, la pensión la otorga por motivo de un convenio por divircio voluntario o fue inpuesta por el Juez en el div. necesario, para darle una respuesta concreta y certera se necesita mayor información.
Autor
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AutorRespuesta No: 791
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Fecha de respuesta: Miércoles 05 de Enero de 2011 00:30 2011-01-05 00:30 desde IP: 187.159.172.88
SRA. REGINA, EN ATENCION A SU CONSULTA, SI USTED YA SE DIVORCIO, ENTONCES DEBIO DE HABER QUEDADO ESTABLECIDO LO RELATIVO A LA LIQUIDACION DE BIENES, GUARDA Y CUSTODIA DE SUS HIJOS, REGIMEN DE CONVIVENCIAS Y VISITAS Y PENSION ALIMENTICIA. SI LO QUE QUEDO PENDIENTE ES LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, ESTA SE PODRIA HACERSE VIA INCIDENTAL EN EJECUCION DE SENTENCIA; AHORA BIEN POR LO QUE RESPECTA A LA PENSION ALIMENTICIA, SI EL PADRE DE SUS HIJOS TIENEN UN NEGOCIO, PODRIA SOLICITARSE Y SIEMPRE Y CUANDO TENGA LOS COMPROBANTES DE LOS GASTOS QUE MENSUALMENTE EFECTUA EL INCREMENTO DE LA PENSION ALIMENTICIA, Y EN ESE SENTIDO PEDIR SE GIRE OFICIO A LA SECRETARIA DE HACIENDA PARA QUE INFORME EL MONTO DE INGRESOS QUE ESTA REPORTANDO EL PADRE DE SUS HIJOS, PARA QUE SE PUDIERA VER DICHA POSIBILIDAD. SI GUSTA MAYOR INFORMACION PUEDE COMUNICARSE A MI CELULAR EL CUAL ES EL SIGUIENTE:
0445527565382
SIN MAS POR EL MOMENTO, QUEDO A SUS APRECIABLES ORDENES.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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