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PENSIóN ALIMENTICIA INTERNACIONAL

  • Consulta : 4862
  • Autor : cad2462
  • Publicado : 2016-08-11 12:31 desde la IP: 177.231.4.141
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,195
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  • Autor
    Consulta

  • cad2462
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Buenas tardes, el papá de mi hijo está obligado a pagar el 30% de su sueldo en alimentos, sin embargo hace 3 años no lo hace porque se mudó a EU, allá trabaja y se desentendió.. Qué puedo hacer que resulte efectivo? Ya hay una carta rogatoria en trámite pero sabemos que sus abogados dan dinero al secretario de acuerdos del juzgado y la Secretaria de Relaciones Exteriores la ha devuelto en múltiples ocasiones porque el Juzgado Familiar no redaccta bien el documento, el caso es que atoran el trámite y yo tengo hijos que necesito apoyar con colegiaturas, etc. Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5890

  • makorni72
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    es factible que se le demande el señor allá en los estados unidos por medio de la oficina consular mas cercana a donde radica el deudor alimentista y con la intervencion del CHILD´S SUPPORT...ahora bien ....en calidad de?? RESIDENTE...INDOCUMENTADO...O YA CIUDADANO?? SE ENCUENTRA VIVIENDO ALLA? en Coahuila tuve la oportunidad de implementar el programa de pensiones alimenticias internacionales, no tiene nada que ver con el tramite perpetuo ante los juzgados en Mexico, solo hay que ver si el estado donde radica existe el convenio de colaboración COAHUILA y TEXAS SI LO LLEVAN A CABO DE MANERA FORMAL Y REAL



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