Sala Civil



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO

  • Consulta : 4824
  • Autor : tonopez
  • Publicado : 2016-06-19 15:29 desde la IP: 201.141.146.189
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,171
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • tonopez
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Buenas tardes es algo largo de exponer pero tratare de hacer un resumen acabo de ganar un juicio de anulacion de poder general en contra de una persona (hermana) que me lo hizo con el fin de administrar mi herencia en un juicio sucesorio intestamentario, ahora quiero consultar que procede, la sentencia sale a mi favor diciendo que todos los movimientos que se hayan realizado quedaran nulos, entonces quiero saber que juicio es mejor realizar ya que en el sucesorio ya pasaron los cuatro procesos, es decir ya estan haciendo las escrituras a nombre de los herederos menos al mio que me pueden aconsejar, como puedo entrar al sucesorio que era de mi padre gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 5918

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si no te tuvieron como heredero es que no lo demostraste y si de omitieron por error o por mala fe puedes demandar la petición de herencia



  • Autor
    Respuesta No: 5922

  • ASESOR NOTARIAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente hay que ver si dentro del juicio fuiste nombrado heredero y si es tendrás que apersonarte dentro del mismo. Y para el caso de que te omitieran en la repartición de herencia y la escritura ya esta en proceso puedes solicitar su anulación en virtud de que no fuiste considerado dentro de la misma, pero para ello es ver los papeles con los que cuentas y así determinar correctamente lo que procede para el caso concreto. Estimado forista, el heredero puede acudir al Notario de su elección e iniciar el Juicio Sucesorio Testamentario para iniciar el mismo con la aceptación de herencia y cargo de Albacea, en esta primera se verificará si los bienes que heredo los adquirió casada o soltera y de ahí dependerá si necesitas exhibir el acta de matrimonio y de divorcio respectivamente. Saludos. Lic. Victor Borgonio Rivera Abogado Notaria 228 Cd. Mx. Cel. 5554049402



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.