Sala Civil



Regresar

   

 
Buscar respuesta No.:

¿SE PUEDE?

  • Consulta : 4697
  • Autor : Erickhesa
  • Publicado : 2015-11-19 18:15 desde la IP: 66.249.80.64
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,472
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Erickhesa
    ESTUDIANTE

    Estado de Referencia: Hidalgo
    El caso es así. Mi padre murió y no dejo un testamento, pero si un pagare firmado pendiente. Yo tenia entendido que mientras no se abra el juicio susesorio no podrian cobrar ese pagare, pero ahora me entero que el señor al cual le firmo el pagare abrira el juicio, eso ea posible? O puede citarnos para nosotros abrirlo y liquidar ese pagare? Ayuda por favor, gracias

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 5824

  • licfvallejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si tenga cuidado, cualquier persona con interés jurídico incluso sin el, puede denunciar el juicio sucesorio del de cujus (persona fallecida), lo que aconsejo es que ud. a la brevedad denuncie dicho tramite sucesorio, y hagan la partición y adjudicación de los bienes, sin que sea obstáculo que el tenedor del pagare pueda adherirse a dicho tramite y solicite se le reconozca el carácter de acreedor de su fallecido padre, y al final se le tenga que pagar con el caudal hereditario. Habra que ver, que cuando se denuncie la sucesion de esa manera, se nombrará un albacea provisional. Asimismo recomiendo tratar de negociar con el supuesto acreedor para revisar si el pagare no ha prescrito, ya que de haber sido asi, no tendrian que liquidar el adeudo con los bienes de la herencia.



Para responder consultas en el Foro deberás estar registrado


Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.