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PENSION COMPENSATORIA

  • Consulta : 4688
  • Autor : RROCIO
  • Publicado : 2015-10-30 19:42 desde la IP: 201.161.8.115
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,469
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  • Autor
    Consulta

  • RROCIO
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes
    Buenas tardes: me gustaria que me ayudaran y saber si tengo derechos, resulta que mi esposo y yo nos queremos divorciar, estamos casados por bienes mancomunados en el distrito federal y llevamos 33 años de casados el tiene 51 años y yo 49 nuestros hijos ya son adultos casados. el esta pensionado del imss y de bienes solo tenemos una casa de infonavit que aun no se liquida y una camioneta que no esta a su nombre porque no ha echo el cambio de propietario. yo nunca trabaje siempre me dedique al hogar. ahora tengo miedo de que al divorciarnos me quede desamparada. podrian decirme a que tengo derecho yo la causa del divorcio es que el tiene una mujer con dos hijos de 8 y 6 años por lo que nuestra relacion es pésima. mil gracias por su ortientación.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5815

  • Ovalle Morelos
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Señora: En efecto usted tiene Derecho a una Pensión Alimenticia por parte de su esposo, y la Ley del Seurgo Social establece que las Pensiones IMSS pueden ser embargables por Alimentos hasta un 50%. Por tanto podría demandar la Pensión Alimenticia Provisional y en su caso Definitiva sobre la Pensión IMSS de su Cónyuge, desde luego proporcionando todo los datos posibles para que el Pagador IMSS tenga elementos para efectuar el descuento, pues de lo contrario la ejecución del oficio de descuento podría ser complicada. Es necesario indicar que deberá acreditar la necesidad de la pensión como ama de casa con pruebas, pues la presuncion legal en alimentos solo opera para menores o incapaces, ya que hay jurisprudencia que si el deudor alimentista acredita que su conyugue es capaz de trabajar podria ser absuelto de la pension alimenticia.



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