- Inicio
- Sala Civil
Sala Civil
CUMPLIMIENTO DE PAGO
- Consulta : 4668
- Autor : OscarMontejo
- Publicado : 2013-03-20 16:04 desde la IP: 187.133.123.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,486
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 20 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Jalisco
Buenas Tardes Estimados:
Primero que nada les agradezco la atencion de mirar esta consulta, en segundo termino como lo dice el titulo, existe un asunto que acaba de llegar a mis manos, es un Ingeniero el cual realizo una obra para el H. Ayuntamiento de Arandas Jalisco, el realizo la construccion, equipamiento y electrificacion del Rastro Municipal, realizo una factura por un aproximado de $1,115,246.01, esta primera se le cubrio en su totalidad, al momento de querer realizar el segundo cobro por un valor total de $1,222,821.63, el H. Ayuntamiento no realizo el pago, el ingeniero presento un escrito donde solicitaba el pago presentado en oficialia de partes del H. Ayuntamiento, sin respuesta alguna, dos detalles influyen en este asunto, el ayuntamiento jamas firmo un contrato de prestacion de servicios profesionales, por lo cual no existe escrito que avale la relacion directa, pero estaba leyendo algunas tesis jurisprudenciales en las cuales nos dan cabida para que las facturas creen un vinculo directo con el ayuntamiento, la pregunta va encaminada, a saber si es viable presentarla con esa tesis jurisprudencial, y saber que accion ejercer, cumplimiento de pago, cumplimiento de contrato etcetera, y la ultima pregunta en que juzgado se presenta, civil de fuero comun, o civil federal, agradezco de antemano buen dia.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 5192
-
Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 16:57 2013-03-20 16:57 desde IP: 187.233.174.13
Mmmm, esta pregunta ya la habías hecho en el foro principal, y yo te la respodí.
Ahora bien, ¿ la obra fue licitada o fue adjudciación directa ?
Se iba a pagar con recursos federales, estatales o municapales? ¿ se fimó contrato de obra pública ?.
Hay que saber si el municipio actúo con fondos federales o locales, pues de aquí depende el juzgado en donde se presentaría la demanda.
Puedes demandar :
la rescisión del contrato o su cumplimiento, dependiento de que tanto le convenga al ingeniero,
el pago de la cantidad ( acción de pago en pesos ), más los intereses generados y los que se sigan generando,
el pago de material suministrado
el pago de trabajos ejecutados.
el pago de equipo ocioso por causas imables al contratante.
el pago de daños y perjucios.
el pago de gastso y costas, cancelación de fianzas, etc.
O sea, puedes pedir la rescisión o el cumplimiento o acciónn de pago en pesos.
Nosotros somos especialistas en obra pública y licitaciones, y los Ayuntamientos, Municipios son lo peor que existen, pero si es factible cobrarles, Te recomiendo que te aseores con un abogado experto, pues no es tan fácil y se necesita experiencia.
Por último es muy importante que tengas constancia de que tu cliente presentó la factura para su cobro, presentála en oficialía de partes, y conserva el acuse de recibo, de esta manera acreditarás que la factura que describe los trabajos ejecutados fue presentada para su cobro, además acreditas el inicio de la mora.
Autor
-
AutorRespuesta No: 5720
-
Fecha de respuesta: Martes 19 de Mayo de 2015 06:24 2015-05-19 06:24 desde IP: 187.212.9.227
para cualquier asesoría visite nuestra web
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 105565363 veces.
Lecturas completas: 4708





