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PENSION ALIMENTICIA

  • Consulta : 4534
  • Autor : edgar alberto
  • Publicado : 2013-02-14 15:34 desde la IP: 201.120.69.8
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,468
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  • Autor
    Consulta

  • edgar alberto
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    buenas tardes,

    de mi relacion nacio una bebe, y le e estado dando dinero semanal no mucho pero no e dejado del dia que me comento que ocupaba ayuda., todo hiva bien pero un dia me pidio q abandonara a mi esposa, y le dije qque no, y de ahy me amenazo , la bebe no tiene mi apellido pero si es mi bebe, que hago procedera la demanda y que consecuencia tendre, y ya no me recibio nada de dinero que hago

     

    ando desesperado asesorenme

     

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  • Autor
    Respuesta No: 5001

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Legalmente hablando, no tendrías obligación de dar alimentos al menor, pues no está reconocido por ti, por lo que, no ha nacido el derecho de la madre, de demandarte el pago de una pensión alimenticia. Para ello, la madre del menor tendría que demandarte el reconocimiento de paternidad, y una vez que en juicio, se acredite que eres el padre, entoces si, tendrás obligación de pagar una pensión alimenticia.

    Tienen dos opciones, la primera sería esperar a que la madre te demande el reconocimiento de paternidad.

    La segunda, es, que reconzcas al menor como tu hijo, acudiendo al Registro Civil, para que " tenga tu apellido " y, posteriormente acudan de manera voluntaria con un Abogado para que elabore un convenio de pago de alimentos, lo ingresen al juzgado familiar para que lo ratifiquen, y de esta manera quede por escrito, la cantidad que debas aportar por concepto de alimentos.



  • Autor
    Respuesta No: 5003

  • edgar alberto
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pero aun asi no me e alejado de la bebe por que le depositaba semanal un pequeña cantida, ahora bien hace rato me hablo y me dijo q aumentara el dinero que le doy y veriamos, yo ya no lo veo como que realmente ocupe el dinero, ya lo veo como del lado de querer perjudicarme , sicologicamente., me citaron para la semana proxima que me recomienda que acuda, o de plano no haga caso., y eso del reconocimiento de paternidad que tiempo hace??????la verdad no se que hacer , yo nunca e obrado de mala fe, al contrario e tratado de cuando menos corregir mis errores, que me recomienda.,



  • Autor
    Respuesta No: 5004

  • edgar alberto
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    otra pregunta to ganos 2,500 a la qna , cuanto de ley le corresponderia  de ley

     

    gracias



  • Autor
    Respuesta No: 5005

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ya te dije lo que tienes que hacer. Mientras no te demande el reconocimiento de paternidad, no estás obligadado legalmente a nada ok. ¿ quedo claro ?

    ¿ quieres reconcer a tu hijo ? vayan al registro civil y listo, y hacen un convenio de aliementos y lo presentan al juzgado y ya. O te esperas a que la madre te demande el reconocimiento de paternidad.

    No sé que es lo que no te queda claro, francamente.

    En cuánto al porcentaje , no existe uno en la ley, puede ser desde el 15% hasta el 30%, pero se pueden poner de acuerdo, tu y la madre, ok.



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