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PROTESTAR PAGARE

  • Consulta : 4482
  • Autor : jantoniopahnke
  • Publicado : 2013-02-01 20:14 desde la IP: 201.108.29.63
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,459
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  • Autor
    Consulta

  • jantoniopahnke
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Ayuda por favor..

     

    tengo un pagare por $ 33,000.00  como garantia de pago  de las mensualidades de un bien inmueble a mi nombre,  el pagare tiene fecha de vencimiento del año 2009  y el inquilino al que le rento  tiene desde el 2005 habitando la vivienda.

     

    Actualmente me debe ya 5 meses de renta y no se aparece por ningun lado.

     

    Alguien me aconsejo protestar el pagare.

     

    Que es esto  ??  Es viable  ??

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4941

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Uyy, la acción cambiaria directa para cobrar un pagaré en la vía ejecutiva prescribe en 3 años contados a partir de la fecha de vencimiento, o sea que la acción ejecutiva ya prescribió, te queda la vía ordinaria.

    Sin embargo, existe la posibilidad de evitar esa prescripción, es cuestón de táctica y de técnica jurídica que corresponde al Abogado que contrates.

    No, no es necesario protestarlo.

    Consulta a un Abogado, YA.



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