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DIVORCIO VOLUNTARIO Y NO HAY TRASLADO DE DOMINIO DE LAS PROPIEDADES
- Consulta : 4130
- Autor : Carlosaf690
- Publicado : 2012-11-06 14:45 desde la IP: 200.76.148.161
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,494
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 06 de Noviembre de 2012
Estado de Referencia: Veracruz
Hola buenas tardes, soy de Veracruz, mi pregunta es la siguiente mis papás estaban casados bajo el régimen de sociedad conyugal se divorciaron por mutuo acuerdo pero firmaron un convenio de como se repartían las propiedades (por ejemplo, la casa q estaba a nombre de mi mamá y la casa w a nombre de mi papa en el matrimonio, pero en el convenio acordaron que la primera quedaría a nombre de mi papa pues ahí vive (q) y la segunda a nombre de mi mama (w), dictaron la resolución de divorcio pero mis papas nunca se presentaron hacer el cambio de nombre en escrituras y mi papá tuvo un infarto cerebral y esta en coma, que procede con las propiedades? Es válido el convenio? Si muere mi papa le puede dejar en el testamento la propiedad (q) a alguien más? aunque nunca haya firmado las escrituras con el cambio de propietario? Que efectos produciría el convenio que firmaron y presentaron en el Juzgado.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4583
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Fecha de respuesta: Sábado 10 de Noviembre de 2012 23:13 2012-11-10 23:13 desde IP: 201.103.121.118
Claro que es válido el convenio si éste fue materia de un divorcio voluntario y ratificado ante la presencia judicial, pero para hacer efectivo ese convenio, deben abrir un incidente de ejecución de sentencia.
Dicho incidente deberá promoverse en contra de la otra parte (su padre o su madre), pero obviamente deberán notificarle al otro ex cónyuge.
Como su padre no se encuentra apto físicamente para ser notificado, un Juez de lo Familar deberá nombrarle un tutor y un curador (previo juicio de interdicción).
Así las cosas, su representante legal, estará en aptitud de dar contestación al incidente y/o de interponerlo en representación del interdicto.
Si llega a fallecer, el representante de la sucesión podrá contestar o promover el incidente relativo.
Si su padre hizo testamento con antelación, el representante de la sucesión testamentaria, podrá reclamar los bienes relativos, igualmente en la vía incidental.
Asístanse de Lic. en Derecho especialista en materia familiar de su Estado.
Suerte!
Autor
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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