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PUEDO VENDER EL PORCENTAJE DE UNA PROPIEDAD QUE HEREDE, A OTRA PERSONA

  • Consulta : 4116
  • Autor : Mike2099
  • Publicado : 2012-11-03 15:30 desde la IP: 200.95.169.164
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,484
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  • Autor
    Consulta

  • Mike2099
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola buen dia.

    Mi hermano heredamos la casa de mi Madre en partes iguales, quedando en copropiedad, como figura de albacea ya estoy en la etapa de adjudicacion.

    Mi pregunta es la sig.

    Yo puedo vender mi porcentaje de la casa en cuestion?

    La relacion con mi hermano es muy mala, y no va a querer comprar mi mitad de la propiedad solo por no dejarme progresar.

    En verdad me urge venderla ps he quedado muy endeudado con las cuestiones notariales y lo que viene de pago de impuestos, y obvio mi hermano no ha aportado ni un peso.

    Gracias por tomar unos minutos y leer mi duda, quedo en espera de su amable respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4545

  • abogados enruz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Buenas tardes, tu eres el albacea como mencionas por tanto te comento tienes derecho a cobrar honorarios por este cargo, todos los gastos del juicio así como las escrituración deben ser pagados de la masa hereditaria se debe dividir los gastos le guste o no a tu hermano y si él no tiene para pagar pues tan sencillo que se venda la casa y listo. Abogados enruz le asesora legalmente con gusto esta a sus órdenes.



  • Autor
    Respuesta No: 4549

  • BENYMAR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    EN CUANTO RECIBAS LA ADJUDICACIÓN DE LA PARTE QUE TE CORRESPONDE Y ESTÉ DEBIDAMENTE DOCUMENTADA, PODRÍAS VENDERLA. EL PROBLEMA ES QUE NO CREO QUE  ALGUIEN TE LA QUIERA COMPRAR, A  MENOS QUE FUERA TU PROPIO HERMANO. PERO, POR OTRO LADO, TAMPOCO ÉL VA A PODER VENDER SU PARTE. ANTE TAL SITUACIÓN, LO RECOMENDABLE ES QUE LOS DOS SE PONGAN DE ACUERDO Y VENDAN LA CASA Y SE REPARTAN EL PRODUCTO DE LA VENTA.



  • Autor
    Respuesta No: 4552

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos dias; existen dos posibilidades: Si usted llega a adjudicar el bien entoncs quedaran como copropietarios, y la unica manera de obligar a su copropietario a vender es mediante un juicio conocido como venta de cosa comun.

    Le sugiero que como albacea solicite (antes de adjudicarse) autorizacion al juez para vender, siempre y cuando acredite que es para pagar una deuda de la herencia u otro gasto urgente ( revise los articulos 1717 y 1758 del Codigo Civil del DF)



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