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ARTíCULOS A LOS MEDIOS DE APREMIO POR INCUMPLIMENTO GARANTíA ALIMENTOS
- Consulta : 4029
- Autor : Postal
- Publicado : 2012-10-20 10:03 desde la IP: 189.227.173.206
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,499
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 20 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Amigos Abogados buen dia tengo una pregunta en un juicio de pencion alimenticia se dicto sentencia definitiva por lo que en el resolutivo Septimo se le condena al demandado al aseguramiento de los alimentos en cualquiera de las formas previstas por el Art. 4.143 del Codigo Civil por lo que una vez que cause ejecutoria dentro del plazo de ocho dias devera exhibir dicha garantia que ampare un año apercibido que de no cumplir voluntariamente se le compelera con los medios de apremio previstos por la ley procesal.
Para presentar mi promocion al Juez solicitandole dicho apercibimiento ¿cuales articulos debo poner para que procedan los medios de apremio?.
Gracias de antemano por su ayuda.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 4435
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Octubre de 2012 12:10 2012-10-20 12:10 desde IP: 189.245.204.49
´PONGASE A ESTUDIAR.
Autor
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AutorRespuesta No: 4444
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Octubre de 2012 11:55 2012-10-21 11:55 desde IP: 189.196.82.4
Estimado foro, debemos ser más tolerantes con los consultantes, independientemente que sean profesionales o legos, pues este es un foro para buscar respuestas y darlas si las sabemos, al parecer este consultante es un usuario, no necesariamente un abogado, al consultante cabe comentarle que no cito a que entidad pertenece el artículo del código civil que cita, pero en todo caso e independientemente de ello le comento que no es necesario fundar la solicitud de medios de apremio ya que el tribunal está obligado a conocer y dar el derecho, esto es, basta que su petición esté motivada y encuentre respaldo en un derecho reconocido por la ley; aún y cuando no se conozca exáctamente el fundamento legal aplicable, el tribunal consederá la petición y dará el derecho, es lo que los romanos versaban como "Dama el hecho y yo te daré el derecho" espero sirva mi respuesta, agregando que por la materia familiar no se requiere formalidad alguna, pues la parte que acude a solicitar justicia no siempre acude asesorada por un abogado.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 107367433 veces.
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