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¿QUE JUICIO INCIAR PARA LA NULIDAD DE UN DOCUMENTO PUBLICO?

  • Consulta : 3114
  • Autor : dagaga
  • Publicado : 2012-05-24 11:19 desde la IP: 189.189.81.226
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,471
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  • Autor
    Consulta

  • dagaga
    ABOGADO CIVIL

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Tengo un clinete que esta casado por bienes separados, duerante el matrimonio que duro unos 5 años aproximadamente el compro una casa la cual habitaron como pareja por las de 3 años, y cuyo inmueble fue comprado por mi clinete con dinero unicamente de el y de su trabajo, se incian tramites de divorsio por razon de que ella queria matarlo para quedarse con todo lo que el tenia por sucesion legitima, para lo cual lo envenenaba con veneno par ratas en cantidades minimas, a lo cual mi cliente la descubre, y se tramita el divorsio ya que mi clinete no quizo demandarla por esta cuestion.

    El bien inmueble denominado la casa, fue puesto en su momento a nombre de la esposa, la cualt iene escritura del bien a nombre de ella, y como es por bienes separados el regimen de matrimonio, mi cliente quiere NULIFICAR ESE DOCUMENTO ya que el tiene en su poder un CONTRATO PRIVADO DE COMPRA VENTA a su favor ya que el vendedor de la casa en cuestion reconoce a mi cliente como unico comprador.

    ¿QUE JUICIO DEBERIAMOS INCIAR? Mi cliente no quiere que se quede con la casa.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3361

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, para la nulidad de documentos públicos debes leer la Ley del Notariado (en cuanto a la forma) y ver si se puede actualizar algún supuesto que contemple. Ahora bien, respecto de la nulidad debes analizar si puedes alegar vicios, falta de consentimiento, pago, etc. Los actos constituidos en documentos emitidos por fedatarios pueden ser atacados en cuanto a los elementos de existencia, validez o forma del acto juridico y sólo analizando si puede encuadrarse alguno de estos supuestos puedes pedir la nulidad. Lo que no podemos determinar al no tener a la vista el documento.

    La nulidad debe ser tramitada ente Juez competente, en este caso el civil.



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