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PRUEBA SUPERVINIENTE
- Consulta : 3066
- Autor : ALVARO.A.V.M.
- Publicado : 2012-05-17 17:52 desde la IP: 187.159.55.10
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,456
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 3286
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Mayo de 2012 23:49 2012-05-17 23:49 desde IP: 201.141.13.210
Que tal, refieres que citaron para sentencia, pero quiero pensar en sentencia interlocutoria porque debe resolverse primeramente la incidencia y luego el principal. Si es el caso y no han cerrado la instrucción, puedes ofrecer la prueba superveniente y justifícalo con jurisprudencias y tesis aisladas, de lo contrario (se cite para sentencia definitiva), no puedes hacer nada.
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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