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ME QUIEREN DESPOSEER DE UNA FINCA

  • Consulta : 2814
  • Autor : angeles1313
  • Publicado : 2012-04-03 08:42 desde la IP: 187.179.85.254
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,460
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  • Autor
    Consulta

  • angeles1313
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    en el mes de junio tome posesion de un inmueble el cual se encontraba deshabitado ya que se encontraba totalmente vandalizado sin bardas sus paredes grafiteadas lleno de basura qued constituía la morada de drogadictos y encuentro de parejas en estado insalubre peligrosos e inservible por lo que procedi a realizar actos posesorios mediante mejores dejando de ser lo que les comento y mi posesion ha sido continua pacifica y de buena fe y ahora resulta que hay un dueño al que nuenca le importo dicha finca hasta que vio que sus condicones mejoraron y me presenta una denuncia supuestamente es el dueño y tiene documentos pero yo estoy en posesion entonces no se da delio alguno es verdad o que hago

     

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  • Autor
    Respuesta No: 2991

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Por supuesto que si se configura un delito sellama despojo y es sancionado con pena privativa de libertad.

    Además el dueño, tiene acción civil para pedir la reivindicación de la propiedad con la correspondiente indemnización.

    El hecho de que el predio haya estado vacante, no te facultaba poseerlo, ni tienes derecho alguno sobre el inmueble. Tu sitiación es delicada, te sugiero que contactes a un abogado de tu localidad.



  • Autor
    Respuesta No: 3003

  • angeles1313
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pero me han dicho que en el delito de despojo el bien protegido o juridico es la posesion y yo no deszpoje a nadie ni hice actos violentos para sacar a alguien de alli que me dice al respecto 



  • Autor
    Respuesta No: 3004

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Pues no se quien te haya dicho, pero si quieres creerle a él por mi esta bien, ya que el delito de despojo el que sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo o engañando a éste ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca, tutelan la posesión inmediata de los inmuebles, su propiedad y los derechos reales, lo cual conlleva implícita la figura de la posesión; y el legislador sanciona la sustracción del patrimonio por medios no legítimos, del corpus y del animus que integran la posesión y no sólo uno de esos elementos, pues ambos en conjunto forman la figura genérica de este delito. Ahora bien, para integrar el tipo penal del delito de despojo, es necesario que se presente la conducta dolosa de usurpar un derecho ajeno sobre un inmueble a través de su ocupación o uso, o de un derecho real.

    Tu no tenías ni tienes ningún derecho sobre el inmueble, porque lo OCUPASTE SIN AUTORIZACIÓN DE QUIEN LEGALMENTE PUDIERA OTORGARLA. 

    Suponiendo , sin conceder que no prosperera la acción penal, si cabe la acción reivindicatoria en tu contra pero allá tu.





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