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NULIDAD DE JUICIO ESPECIAL DE DESAHUCIO
- Consulta : 2349
- Autor : manguiano
- Publicado : 2011-12-30 23:01 desde la IP: 189.200.202.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,487
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Hidalgo
Hola:
de antemano gracias por sus comentarios y ayuda no soy abogado pero necesito resolver este problema.
- promovieron enta el juez primero de lo civil un juicio especial de desahucio sobre una casa habitacion en la cual yo vivia
- el actuario acudio a mi negocio (que no esta ubicado en el domicilio de casa) y me notifico del juicio y me pidio señalar algun bien para garantizar el supuesto adeudo, por lo cual se señalo un vehiculo propiedad de mi esposa, y me digo que tenia 5 dias habiles para dar contestacion a la demanda y 60 dias para desocupar la casa
- el 5 dia habil se entrego por oficialia de partes la contestación y se fijo el domicilio para recibir notificaciones.
- nunca mas se me volvio a notificar nada hasta pasados casi 90 dias despues de la primera y unica notificación, se presenta el actuario a reclamar el vehiculo embargado y avisandome que el juicio habia proseguido y se me habia declarado en reveldia, cosa que lo nege y le presente la contestacion sellada de recibido por oficialia de partes y le dije que me negaba a entregar el vehiculo.
por lo que les solicito su ayuda para poder anular ese juicio ya que no me dieron oportunidad de presentar mis pruebas, GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 2445
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Enero de 2012 20:11 2012-01-01 20:11 desde IP: 189.180.14.97
Es importante que se apersone al Juzgado asistido de Lic. en Derecho para que consulte el expediente.
El hecho de haber dado contestación a la demanda, no implica que se le deban notificar todas y cada una de las resoluciones que dicte el Juez en el expediente de origen, toda vez que al ser conocedor del asunto, debe verificar el Boletín Judicial y consultar los acuerdos que salgan publicados, pues estos surten efectos (en algunos casos) al día siguiente de su publicación en dicho Boletín.
La primera notificación es personal, pero no así las subsecuentes, más que la sentencia o las que el Juez considere pertinentes se hagan de forma personal.
De igual forma, si el como efectuado en su caso sobre la contestación de demanda fue incorrecto, debió interponerse el recurso procedente.
Por lo anterior, es recomendable que contrate los servicios de un abogado, ya que si Usted pretende darle seguimiento sin los conocimientos necesarios, es muy probable que la sentencia le sea adversa...
Suerte!!
Autor
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AutorRespuesta No: 2446
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Enero de 2012 23:45 2012-01-01 23:45 desde IP: 189.200.202.73
Muchas Gracias por sus comentarios...
Autor
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Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
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